REPUBLICA DE COLOMBIA

CONSEJERIA PRESIDENCIAL PARA LA POLITICA SOCIAL

 

 

PLAN NACIONAL DE ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

 

 

 

 

-MANUAL OPERATIVO-

Septiembre de 2002

 

 

 

Manuel A. Salazar Ferro

Consejero Presidencial para la Política Social

Emperatriz Velandia de Ochoa

Coordinadora General, Consejería Presidencial para la Política Social

 

Oscar Sánchez Jiménez

Compilador - Consultoría BID

Equipo Facilitador :

María Clara Ortiz Karam Asesor Consejería Presidencial para la Política Social

Diva Sandoval Potes- Asesor Consejería Presidencial para la Política Social

Grupos de Enlace Sectorial : con participación de los Ministerios de Salud,

Trabajo, Transporte, Desarrollo, Comunicaciones , Educación., ICBF, Insor.

Organizaciones de y para la Discapacidad del nivel nacional..

 

 

 

 

 

TABLA DE CONTENIDO

 

INTRODUCCIÓN *

I. PLAN NACIONAL DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD *

1. Antecedentes en Relación con el Plan Nacional de Atención a las Personas con Discapacidad *

1.1. Generalidades del Plan *

1.2. La experiencia *

2. La Institucionalización de la Política *

II. ENFOQUE DE LA POLITICA DE DISCAPACIDAD *

1. Conceptualización Básica *

1.1. En Relación con la discapacidad *

1.2. En Relación con los componentes estratégicos de intervención *

1.3. Consideraciones Adicionales *

1.3.1. Sobre la discapacidad *

1.3.2. Sobre los componentes estratégicos de intervención *

2. Situación Diagnóstica de la Discapacidad *

3. Sustento de la Política *

3.1. Fundamentos normativos *

3.1.1. La Visión internacional *

3.1.2. El Marco legal nacional *

3.2. Principios *

4. Descentralización de los Planes Nacionales y la Política Pública *

4.1. Criterios Generales *

4.1.1. Descentralización *

4.1.2. Construcción de la Política Pública *

4.2. Responsabilidades de la Nación y de las Entidades Territoriales *

4.2.1. Competencias de la Nación. *

4.2.2. Competencias de los Departamentos *

4.2.3. Competencias de los Municipios *

III. MANUAL OPERATIVO *

1. Generalidades *

1.1. Presentación del Manual *

1.2. Propósito y alcance *

1.3. Usuarios *

2. El Plan Nacional de Atención a las Personas con Discapacidad *

2.1. Antecedentes *

2.2. Alcance y Propósito del Plan *

2.3. Objetivo del Plan *

2.4. Líneas Estratégicas o Actividades de Gestión *

2.5. Componentes *

2.5.1 Prevención *

2.5.1.1. Objetivo *

2.5.1.2. Propósitos *

2.5.1.3. Metas *

2.5.1.4. Actividades *

2.5.2. Habilitación y Rehabilitación *

2.5.2.1. Objetivo *

2.5.2.2. Propósitos *

2.5.2.3. Metas *

2.5.2.4. Actividades *

2.5.3. Equiparación de Oportunidades *

2.5.3.1. Educación *

2.5.3.1.1. Objetivo *

2.5.3.1. 2. Propósitos *

2.5.3.1.3. Metas *

2.5.3.1.4. Actividades *

2.5.3.2. Integración Laboral *

2.5.3.2.1. Objetivos *

2.5.3.2.2. Propósitos *

2.5.3.2.3. Metas *

2.5.3.2.4. Actividades *

2.5.3.3 Accesibilidad *

2.5.3.3.1 Objetivo *

2.5.3.3.2 Propósitos *

2.5.3.3.3 Accesibilidad al Medio físico, a la Vivienda y al Transporte *

2.5.3.3.4. Acceso a la Información, comunicación y cultura. *

2.6. Beneficiarios *

3. Organización Institucional para la Operación del Plan *

3.1. Nivel Nacional *

3.1.1. Instancia Política y Organismo Asesor *

3.1.1.1. Descripción *

3.1.1.2. Objetivo *

3.1.1.3. Funciones *

3.1.1.4. Integrantes *

3.1.1.5. Designación y Período de Duración de los Representantes *

3.1.1.6. Funcionamiento *

3.1.1.7. Secretario Técnico *

3.1.1.7.1. Descripción *

3.1.1.7.2. Objetivo *

3.1.1.7.3. Funciones *

3.1.2. Instancia de Gestión y Soporte Técnico *

3.1.2.1. Instituciones Compromisarias del Plan *

3.1.2.1.1. Descripción *

3.1.2.1.2. Objetivo *

3.1.2.1.3. Funciones *

3.1.2.1.4. Integrantes *

3.1.2.2. Coordinación del Plan *

3.1.2.2.1. Descripción *

3.1.2.2.2. Objetivo *

3.1.2.2.3. Funciones *

3.1.2.3. Comité Técnico Nacional *

3.1.2.3.1. Descripción *

3.1.2.3.2. Objetivo *

3.1.2.3.3. Funciones *

3.1.2.3.4. Funcionamiento *

3.1.2.4. Grupos de Enlace Sectorial *

3.1.2.4.1. Descripción *

3.1.2.4.2. Objetivo *

3.1.2.4.3. Funciones *

3.1.2.4.4. Integrantes *

3.1.2.4.5. Funcionamiento *

3.2. Nivel Territorial *

3.2.1. Instituciones Compromisarias del Plan *

3.2.1.1. Descripción *

3.2.1.2. Objetivo *

3.2.1.3. Funciones *

3.2.1.4. Integrantes *

3.2.2. Coordinación del Plan *

3.2.2.1. Descripción *

3.2.2.2. Objetivo *

3.2.2.3. Funciones *

3.2.3. Otras Instancias de Soporte Técnico *

4. Fuentes de Financiación *

5. Mecanismos de Monitoreo y Evaluación *

5.1. Orientación para la Obtención de Información del Monitoreo *

5.2. Guías e Indicadores de Evaluación *

GLOSARIO *

BIBLIOGRAFÍA *

 

 

 

INTRODUCCIÓN

El presente texto, constituye el Manual Operativo del Plan Nacional de Atención a las Personas con Discapacidad y contiene los parámetros generales que guían la operación del Plan.

El Manual Operativo aborda y desarrolla lo definido y recomendado por el Consejo Nacional de Política Económica y Social que, en el Documento CONPES 3144 de diciembre 6 de 2001, plantea "...la Red de Solidaridad Social asuma ...el Plan Nacional de Atención a las Personas con Discapacidad..." y " para garantizar la efectiva adecuación institucional...bajo la coordinación de la Consejería Presidencial para la Política Social, se deberán definir los esquemas institucionales y los Manuales Operativos que regirán su implementación, determinando claramente los objetivos general y específicos, los principios, componentes y acciones, así como, las responsabilidades y funciones de las entidades responsables y participantes"

El documento está integrado por tres partes: en la primera, se señala el propósito y sustento del por qué se opta por la institucionalización del Plan Nacional de Atención a las Personas con Discapacidad. En la segunda, se presenta el enfoque de la política de discapacidad, que incluye la conceptualización básica, diagnóstico, sustento de la política, descentralización y construcción de la política pública; el enfoque determina la obligatoriedad de estos lineamientos de política, los cuales van más allá de los planes de gobierno y se refieren a la acción estatal frente al tema. Finalmente el Manual Operativo contiene: generalidades, partes constitutivas del Plan, organización institucional para su operación tanto a nivel nacional como en el ámbito territorial, fuentes de financiación, orientaciones y guías de los mecanismos de monitoreo y evaluación.

I. PLAN NACIONAL DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

 

1. Antecedentes en Relación con el Plan Nacional de Atención a las Personas con Discapacidad

1.1. Generalidades del Plan

En reconocimiento a una serie de criterios y lineamientos de política, que están planteados en normas nacionales e internacionales y en desarrollos conceptuales dirigidos al fortalecimiento de las políticas sociales, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo y, con el fin de dar respuesta a uno de los problemas que afecta a un sector de la población colombiana, el Gobierno Nacional formuló el Plan Nacional de Atención a las personas con Discapacidad 1998-2002.

El Plan tiene como objetivo prevenir la incidencia de la discapacidad y mejorar la calidad de vida de esta población, por medio del fortalecimiento y la ampliación de los servicios existentes, facilitando su acceso, calidad y cobertura. De igual manera, busca estimular intersectorial e interinstitucionalmente, la extensión y consolidación de las redes territoriales y sociales de apoyo para la atención de la discapacidad en el marco de la equiparación de oportunidades, que permitan el desarrollo de una cultura de convivencia y respeto a los derechos fundamentales.

El enfoque del Plan es integral en cuanto busca el compromiso de los sectores público, privado y comunitario, de las diferentes instituciones sectoriales estatales que tienen competencias, del nivel nacional y territorial, en los procesos de planeación, ejecución y evaluación de acciones que conduzcan al cumplimiento del objetivo general. También y desde ésta perspectiva de integralidad, el Plan empieza a desarrollar aspectos relacionados con la situación de discapacidad desde diferentes componentes estratégicos que permiten un manejo global: la Prevención, la Habilitación/Rehabilitación y la Equiparación de Oportunidades.

1.2. La experiencia

En el proceso de desarrollo y ejecución del Plan, se han obtenido diferentes logros que permiten asegurar que se han dado avances en cuanto a los propósitos planteados, entre los cuales se puede resaltar: a) La promulgación de aspectos normativos en los componentes de Prevención, Rehabilitación, Integración laboral y Accesibilidad y Acceso; b) la implantación o ampliación de servicios en Construcción de Entornos Protectores y Prevención de la Discapacidad, Rehabilitación con Participación Familiar y Comunitaria; Integración Educativa, Laboral y Accesibilidad c) diseño de una serie de soportes de gestión técnicos y metodológicos para la transformación institucional y la construcción de Política Pública con entidades de Gobierno, organizaciones de y para personas con discapacidad y sociedad civil, donde se destacan: orientaciones para la construcción de una política pública para la discapacidad, lineamientos de construcción de entornos protectores y prevención de la discapacidad , lineamientos para la construcción de un entorno accesible, lineamientos de política de comunicación para la construcción de una nueva imagen social de las personas con discapacidades físicas, sensoriales , cognitivas o mentales, lineamientos de habilitación/rehabilitación para la discapacidad y lineamientos para la integración laboral. Así mismo se han realizado Convenios de Cooperación Nacional e Internacional que contribuyeron a la formulación de la Metodología de Planificación Intersectorial para la Formación de Política Pública en Discapacidad.

Igualmente es importante señalar el papel de la Consejería Presidencial para la Política Social CPPS-, como instancia de coordinación técnica de las actividades de interacción entre las diferentes instituciones nacionales involucradas, así como en la apropiación del Plan, por parte de las entidades territoriales.

La CPPS ha promovido la creación y funcionamiento de los Grupos de Enlace Sectorial, a través de los cuales se brinda soporte técnico en el diseño y definición de lineamientos que permitan orientar el desarrollo del Plan y la formación de una política pública en discapacidad, que incorpore una visión integral de la situación de discapacidad en sus diferentes componentes. Dicha construcción de la política pública en discapacidad se viene implementando en cuatro departamentos para fortalecer el proceso de descentralización y lograr la institucionalización y sostenibilidad de la política. Para ello, la CPPS formuló y presentó a la Corporación Andina de Fomento –CAF-, el proyecto "Institucionalización de la Política Nacional para las Personas con Discapacidad: Una Estrategia de Desarrollo Sostenible". Entre los logros obtenidos en el proceso piloto emprendido en los departamentos de Antioquia, Atlántico, Caldas y Valle, están: la validación y ajuste de una metodología de formación de política pública en discapacidad, identificación de mecanismos de coordinación y concertación, consolidación de aportes al documento de orientaciones para la formación de política pública en discapacidad, recuperación del proceso metodológico adelantado durante la experiencia piloto y la formulación de cuatro planes de acción departamentales para la formación de política pública en discapacidad.

De otra parte, el Despacho de la Primera Dama de la Nación, durante el período 1999-2002, en coordinación con los Ministerios de Salud y Comunicaciones, el INCI, el INSOR, el ICBF y las entidades territoriales y organismos de la sociedad civil que realizan actividades con grupos de población con discapacidad, ejecuta los programas "Colombia Camina", "Colombia Ve", "Colombia Oye", programas que se insertan en los componentes de habilitación/ rehabilitación, accesibilidad al medio físico y acceso a la información y comunicación, formulados en el Plan. El objetivo de los programas está encaminado a mejorar las condiciones de calidad de vida de las personas con discapacidad, de locomoción, audición y visión, de la población menos favorecida, a través del suministro de aditamentos para facilitar su desplazamiento, su audición o su visión, o una mejor integración social, familiar y laboral.

Los beneficiarios de estos programas son mujeres y hombres con discapacidad en los aspectos relacionados con cada uno de los tres programas, en edad económicamente activa, en situación crítica de pobreza; adultos mayores de 50 años, con alguna limitación en situación de indigencia; niñas, niños, jóvenes y adultos con discapacidad para la movilización o limitación visual o auditiva, que se encuentren entre la población menos favorecida económicamente, ubicados en los estratos 1 y 2 del SISBEN.

Es importante resaltar el conjunto de procesos de interacción, análisis y producción conceptual que se ha dado entre los diversos sectores e instituciones del Estado y de éstos con organizaciones que trabajan o representan a la población con discapacidad, así como la coordinación del Comité Consultivo Nacional –CCN- y los Grupos de Enlace Sectorial –GES propiciada por la CPPS.

En los GES participan aproximadamente 70 personas de organismos gubernamentales, ONG de y para personas con discapacidad y sociedad civil, en los componentes de : a) construcción de entornos protectores y prevención de la discapacidad; b) habilitación/rehabilitación con integración familiar y social; c) accesibilidad; d) atención educativa, e) integración laboral. En lo regional sobresale el proceso de transferencia y desarrollo de una metodología de planificación intersectorial para la formación de política pública en discapacidad para mejorar la formulación de planes y programas nacionales, territoriales y cualificar la participación de las instancias territoriales de discapacidad.

Otro logro corresponde a la inclusión de preguntas sobre discapacidad en la Encuesta de Calidad de Vida y para el próximo censo nacional del Dane. Respecto a esté último, la pregunta busca determinar lo relacionado con: dificultades permanentes para realizar las actividades cotidianas, a) por problemas para moverse o caminar, aún con ayuda, b) usar sus brazos y manos, c) oír aún con aparatos especiales, d) hablar o comunicarse, e) entender o aprender, f) ver aún con anteojos, g) relacionarse con los demás por problemas mentales o de nervios. Con lo anterior, se logrará un avance en el conocimiento y análisis de esta situación en Colombia.

También, en el proceso se han identificado debilidades para alcanzar las metas del Plan, tales como : a) el desconocimiento por parte de los niveles técnicos institucionales del marco jurídico nacional e internacional sobre la temática de discapacidad; b) la falta de claridad en los niveles de toma de decisión y planificación al interior de las entidades sectoriales, sobre los aspectos relativos a la discapacidad, las tendencias actuales para su abordaje, sus implicaciones para la planificación intersectorial y orientación de sus programas y servicios, a partir de las competencias institucionales y territoriales; c) la debilidad institucional en el abordaje de los marcos conceptuales de discapacidad, de gestión y política pública; d) la inexistencia de una instancia de toma de decisiones que regule, integre, gestione y coordine las acciones de las diferentes entidades públicas y privadas en función del desarrollo integral de la población con discapacidad; e) la debilidad institucional de la Secretaría Técnica del Comité Consultivo Nacional para la interlocución del Comité Consultivo Nacional con las instancias directivas y tomadoras de decisiones de las diferentes entidades y sectores compromisarios de la política y su ejecución; f) las dificultades de gestión en el nivel territorial para la operativización de la oferta programática propuesta por el Plan.

2. La Institucionalización de la Política

El Documento CONPES 3144, argumentando que es necesario "...identificar esquemas que mejoren la asignación de los recursos y el acceso de la población a los beneficios, así como de evaluar el impacto de programas en ejecución, para establecer posibles mejoras que aseguren su mayor efectividad.", determinó que la coordinación del Plan quedará bajo responsabilidad de la Red de Solidaridad Social.

El proceso conducente a la institucionalización de la política, pretende generar condiciones que permitan avanzar en aspectos fundamentales para la continuidad y sostenibilidad del Plan, dada su importancia en la prevención de eventos de alto impacto sobre la población, la atención a la población afectada por la discapacidad y, la generación de unas condiciones sociales que permitan la equiparación de oportunidades en un contexto de cumplimiento de derechos y ejercicio de ciudadanía. Entre estas condiciones están: a) posicionar el tema de la discapacidad en todas las agendas públicas; b) enfatizar en los marcos normativos actuales sobre el tema de la discapacidad, como elementos sustanciales de la Política Pública, haciéndolo coherente y enmarcándolo dentro del mandato constitucional; c) generar mecanismos viables que permitan "institucionalizar" la política de discapacidad, como eje transversal que cruza las competencias sectoriales; d) aprovechar la experiencia de coordinación y concertación de la Red de Solidaridad en las entidades territoriales para viabilizar e institucionalizar la política para la discapacidad y en ese sentido apoyar la incorporación programática del Plan para la Atención a la Discapacidad en los planes de desarrollo territoriales y hacer un seguimiento continuo a su implementación; e) desarrollar un sistema intersectorial de información de discapacidad.

Dada la determinación en cuanto a que sea la Red de Solidaridad Social la entidad que asuma la coordinación de la aplicación de la política mediante la formulación del Plan de Atención a la Discapacidad, corresponde a la dirección general de la Red y a la Subdirección Territorial de ésta, fortalecer la unidad programática de Discapacidad para que pueda cumplir con las funciones asignadas en la coordinación interinstitucional y territorial y gestionar los recursos de presupuesto nacional para ejercer la coordinación nacional y territorial.

De otra parte, la Red debe involucrarse en los procesos de coordinación con los Grupos de Enlace Sectorial, con la Secretaría Técnica y con el Comité Consultivo Nacional, con el fin de garantizar dentro de un ambiente de concertación interinstitucional, la formulación del Plan, la asistencia técnica especializada en los programas de discapacidad, el seguimiento adecuado y sistemático y el acompañamiento al desarrollo institucional requerido en el proceso de implantación territorial de la política y del Plan.

II. ENFOQUE DE LA POLITICA DE DISCAPACIDAD

 

 

1. Conceptualización Básica

Se hace referencia a una serie de conceptos que se han venido desarrollando para caracterizar la situación de discapacidad y los componentes estratégicos de intervención, igualmente se presentan algunas consideraciones adicionales.

Como resultado del proceso de formación de política pública, se han formulado lineamientos técnicos en cada uno de los componentes de la política, y su puesta en práctica con la participación más activa de los diferentes actores, entre quienes están el Estado, las ONG, las organizaciones que representan a las personas con discapacidad y la sociedad civil. Esto ha permitido avanzar hacia una concepción más integral con respecto a la atención de la persona con discapacidad, al enfoque de la situación de discapacidad y a la relación de esta situación con el conjunto de la dinámica social.

1.1. En Relación con la discapacidad

La revisión que da origen a la nueva Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud ( CIF), abandona "...el término "minusvalía" utilizado en la Clasificación Internacional de Funcionamiento –CIF-, en la versión de la CIDDM de 1980, en los términos deficiencia, discapacidad y minusvalía y utiliza "discapacidad " como un término genérico para las tres perspectivas: Corporal, individual y social" . Así, retomando lo definido en la CIF, se tiene:

"Deficiencia: Es la anormalidad o pérdida de una estructura corporal o de una función fisiológica. Las funciones fisiológicas incluyen las funciones mentales. Con "anormalidad" se hace referencia, estrictamente, a una desviación significativa respecto a la norma estadística establecida".

"Discapacidad: Es un término genérico que incluye déficits, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación. Indica los aspectos negativos de la interacción entre un individuo (con una "Condición de salud") y sus factores contextuales (factores ambientales y personales)".

Con el fin de ampliar esta última definición, en la misma CIF se define:

"Condición de Salud": Es "Un término genérico que incluye enfermedad (aguda o crónica), traumatismo y lesión...".

"Factores Ambientales": Son "...todos los aspectos del mundo extrínseco o externo que forma el contexto de la vida de un individuo, y como tal afecta el funcionamiento de la persona. Los Factores Ambientales incluyen al mundo físico natural con todas sus características, el mundo físico creado por el hombre, las demás personas con las que se establecen o asumen diferentes relaciones o papeles, las actitudes y valores, los servicios y sistemas sociales y políticos, las reglas y las leyes".

Factores Personales: Son los factores contextuales que tienen que ver con el individuo, "constituyen el trasfondo particular de la vida de un individuo y de su estilo de vida. Están compuestos por características del individuo que no forman parte de una condición o estado de salud. Estos factores pueden incluir el sexo, la raza, la edad, otros estados de salud, la forma física, los estilos de vida, los hábitos, los "estilos de enfrentarse a los problemas y tratar de resolverlos", el trasfondo social, la educación, la profesión, las experiencias actuales y pasadas..., los patrones de comportamiento globales y el tipo de personalidad, los aspectos psicológicos personales y otras características. Tanto todas ellas en conjunto como algunas de ellas individualmente pueden desempeñar un papel en la discapacidad a cualquier nivel"

Para que se presenten las situaciones de deficiencia y discapacidad, existe un gran número de factores, muchos de los cuales son controlados mediante acciones que pueden emprender tanto el Estado como la sociedad y los individuos. Esta multiplicidad de situaciones generadoras de deficiencia y discapacidad, están relacionados con aspectos socioeconómicos, socioculturales, ambientales, genéticos y hereditarios, biológicos, accidentales, desastres naturales, conflictos bélicos y violencia, etc.

En el país y producto de la experiencia a nivel institucional y de concertación con diversos sectores, se ha venido trabajando con una conceptualización al respecto. Así, se tiene:

Discapacidad: Es un término genérico que denota una condición de salud que involucra diferentes dimensiones del funcionamiento humano, la dimensión corporal, la individual y la social ocasionando deficiencia, limitación en la actividad y restricciones en la participación social.

Situación de discapacidad: nos referimos a la situación de discapacidad como "un aspecto relativo al ciclo vital, transversal a todos los programas sociales, que difiere al planteamiento convencional de que la discapacidad atañe a un grupo de población vulnerable posible de ser identificado dentro de la población general para recibir un tratamiento específico y diferenciado, concepto que ha contribuido a discriminar, intentando focalizar a ésta población."

Persona con discapacidad: Aquella que tiene limitaciones en su actividad cotidiana y restricciones en la participación social por causa de una condición de salud (deficiencia).

1.2. En Relación con los componentes estratégicos de intervención

Retomando los textos "Programa de Acción Mundial..." y las "Normas Uniformes..." de las Naciones Unidas, se tiene que los componentes estratégicos de intervención para hacer frente a la situación de la discapacidad son: la prevención, la rehabilitación y la equiparación de oportunidades. Las definiciones presentadas, en el último documento referido, son:

Prevención: Se entiende por esta, "la adopción de medidas encaminadas a impedir que se produzca un deterioro físico, intelectual, psiquiátrico o sensorial o a impedir que ese deterioro cause una discapacidad o limitación funcional permanente. La prevención puede incluir diferentes acciones de: protección específica, detección temprana, educación en estilos de vida saludable, campañas de vacunación contra enfermedades transmisibles, normas y programas de seguridad para la prevención de accidentes en diferentes entornos, incluidas la adaptación de los lugares de trabajo para evitar discapacidades y enfermedades profesionales, y prevención de la discapacidad resultante de la contaminación del medio ambiente u ocasionada por los conflictos armados" (No. 22). La estrategia de prevención es aplicable a las personas con discapacidad para evitar complicaciones mayores.

Rehabilitación: "Es un proceso encaminado a lograr que las personas con discapacidad estén en condiciones de alcanzar y mantener un estado función óptimo desde el punto de vista físico, sensorial, intelectual, psíquico o social, de manera que cuenten con medios para modificar su propia vida y ser más independientes. La rehabilitación puede abarcar medidas para proporcionar o restablecer funciones o para compensar la pérdida o la falta de una función o una limitación funcional. El proceso de rehabilitación no supone la prestación de atención médica preliminar. Abarca una amplia variedad de medidas y actividades, desde la rehabilitación más básica y general hasta las actividades de orientación específica, como por ejemplo la rehabilitación profesional". (No.23).

Equiparación de Oportunidades: "El proceso mediante el cual los diversos sistemas de la sociedad, el entorno físico, los servicios, las actividades, la información y la documentación se ponen a disposición de todos, especialmente de las personas con discapacidad" (No.24). Es decir, que la dinámica general de la sociedad, con sus opciones y oportunidades se hacen accesibles. Esta estrategia, está ligada al principio de la igualdad de derechos, y se debe desarrollar en función del conjunto de la sociedad.

Con respecto a los componentes estratégicos de intervención, en el trabajo que adelantan los Grupos de Enlace Sectorial se han venido asociando y desarrollando otros conceptos como son el de Construcción de entornos protectores y Prevención de la Discapacidad y Accesibilidad y acceso a la comunicación, información y cultura . Al respecto, se entiende por:

Construcción de Entornos Protectores y Prevención de la Discapacidad: Entendida como la práctica cotidiana de acciones encaminadas a promover el desarrollo saludable del individuo en su entorno ambiental: físico, humano, familiar, comunitario y social, con un compromiso en la transformación de nuestra capacidad de anticipar los eventos y apoyar a las personas en las contingencias que los afectan a lo largo de su ciclo vital. La construcción de entornos protectores debe ser un proceso de transformación en el conjunto de la población, en búsqueda del desarrollo de una cultura de convivencia y respeto a los derechos fundamentales.

Accesibilidad: es un bien público, que se ha venido consagrando en términos de derechos ciudadanos, a través del cual toda persona, sin importar su edad y sus condiciones físicas y/o sensoriales, puede interactuar socialmente y desarrollar sus aptitudes y sus potencialidades en las diversas esferas de la actividad cotidiana y hacer uso y disfrutar libremente de todos los servicios que presta y ofrece la comunidad. Las nuevas formas de convivencia, exigen espacios urbanísticos, vivienda, servicios públicos, recreación, deporte, espacios para el sano aprovechamiento del tiempo libre, entre otros, a los que todas las personas puedan llegar, acceder y usar, en forma autónoma, segura y confortable.

Acceso a la información : Es la manera de posibilitar a todas las personas, el ejercicio de este derecho constitucional consignado en el artículo 20 de la Constitución Política Colombiana, mediante la implementación de ayudas técnicas y tecnológicas que pongan la información al alcance de la comunidad en condiciones de equidad y libre acceso.

1.3. Consideraciones Adicionales

Teniendo en cuenta lo anterior, la discapacidad es inherente al ser humano independiente de su condición étnica, social, cultural, política, económica, entre otras.

      1. Sobre la discapacidad
      2. Es una condición que se puede dar en cualquier persona, se puede nacer con ella o se adquiere en algún momento del ciclo vital, dado que todos estamos expuestos al riesgo de ser afectados en nuestras capacidades funcionales físicas o psíquicas debido a los múltiples factores de riesgo a que estamos expuestos continuamente y que son causales para que se presente una deficiencia o discapacidad.

        La discapacidad supera el hecho de ser diagnosticada únicamente desde una perspectiva biomédica, dado que se da en relación con un contexto sociocultural específico y con aspectos inherentes a él, tales como la conciencia que exista en la sociedad respecto a dicha condición y con las opciones que se brinde al individuo afectado.

        Es una situación que se relaciona con el conjunto de condiciones sociales, dado que la discapacidad se convierte en desventaja en la medida en que en el entorno existen obstáculos y barreras, originadas por la falta de reconocimiento de las necesidades particulares de la persona con discapacidad o por conductas discriminatorias. "La discapacidad no es un atributo de la persona, sino un complicado conjunto de condiciones, muchas de las cuales son creadas por el contexto/entorno social". (OMS/OPS, 2001. Introducción, numeral 5.2).

        La discapacidad afecta al individuo que la padece en la medida en que se le presenta una dificultad o una restricción para realizar determinadas actividades, pero también genera exigencias al núcleo más cercano y por tanto conlleva una asunción de nuevos roles y responsabilidades. En esta medida, la concreción de los derechos de las personas con discapacidad son a su vez derechos de sus familias y comunidades.

      3. Sobre los componentes estratégicos de intervención

Los componentes estratégicos de intervención involucran a la sociedad y por ende a sus diferentes estructuras organizativas e instituciones, de allí que la integralidad requerida en su intervención, en cualquiera de sus componentes, necesite del concurso del estado, la sociedad y la familia para compartir responsabilidades en el logro de los objetivos y propósitos establecidos para el manejo de las situaciones relacionadas con la discapacidad.

La prevención debe asumirse como una acción constante por parte de las entidades estatales, de las instituciones públicas y privadas, de las estructuras de la sociedad y como una actitud permanente de los individuos.

 

La habilitación/rehabilitación, son procesos terapéuticos, educativos, formativos y sociales mediante los cuales se busca el mejoramiento en la calidad de vida de la persona con discapacidad así como una plena capacidad de integración al medio familiar, social y ocupacional.

Todo proceso de Habilitación/Rehabilitación debe estar articulado y armonizado en el desarrollo de habilidades funcionales, ocupacionales y sociales; tener duración limitada, objetivos claramente definidos, fomentar la participación de la persona con discapacidad, de los profesionales de diferentes disciplinas, de la familia y de la comunidad en general y debe involucrar en su accionar a los diferentes sectores (educación, salud, trabajo, cultura, recreación, etc.) para asegurar la integración familiar, social y ocupacional de la persona con discapacidad.

La equiparación de oportunidades, exige que las entidades públicas y privadas asuman como parte del interés colectivo la generación de igualdad de oportunidades de accesibilidad, uso y disfrute de los beneficios de la sociedad; lo cual está estrechamente relacionado con la búsqueda de una conciencia colectiva frente a los derechos que tienen quienes vivan una condición de discapacidad, es lo que se ha llamado discriminación positiva. La equiparación de oportunidades, conlleva reconocimiento, aceptación social y creación de condiciones para que las mismas personas con discapacidad puedan convertirse en copartícipes de su propio desarrollo y alcancen una vida social plena.

En los procesos de formulación de planes además de los componentes estratégicos globales, es preciso señalar estrategias específicas., las cuales deben guiar el desarrollo de acciones que permitan aproximarse a los objetivos planteados, como medios para generar una articulación entre el "deber ser" y el "poder ser", lo cual implica responsabilidades compartidas entre el Estado y el conjunto de la sociedad. Entre estas estrategias se pueden señalar las relacionadas con información, planeación, movilización social, cooperación horizontal y regional, asistencia técnica, investigación, evaluación y seguimiento.. Estas estrategias pueden ser transversales a los componentes de Prevención, Habilitación/Rehabilitación y Equiparación de Oportunidades.

La definición de planes o programas para las personas con cualquier tipo de discapacidad, deben tener un referente básico en la búsqueda de sociedades inclusivas a partir de la diferencia, en donde se reconozcan los derechos de las personas con discapacidad y sus capacidades y potencialidades, propendiendo por la superación de las barreras físicas, institucionales, psicológicas y culturales; donde se superen sentimientos y actitudes negativas como el temor, la culpa, el fatalismo y el desprecio.

2. Situación Diagnóstica de la Discapacidad

En Colombia, la discapacidad "se ha convertido en un problema de salud pública de proporciones crecientes, debido a la tendencia de la violencia generalizada y al desarrollo socioeconómico, técnico y demográfico".

En el país no se ha contado con un registro sistemático que haya permitido cuantificar la población con discapacidad, por tal razón, la prevalencia de ésta no se conoce en sus reales dimensiones. Las cifras con que se cuenta en la actualidad son diversas; en el censo poblacional del Dane de 1993 se estimó en 600.000 personas aproximadamente (1.9% de la población de entonces) que presentaban discapacidad; en el Sistema Nacional de Información del estudio realizado por la Universidad Javeriana, en 1995 se señala que el 23,8% de la población tiene alguna discapacidad; el Ministerio de Salud con base en el estimativo del 12%, tenido como referente internacional, estima que cerca de cuatro millones y medio de personas presentan algún tipo de limitación.

Recientemente, la investigación sobre " Prevalencia de Discapacidad en el Valle del Cauca", realizada a través de una muestra de 10.093 personas pertenecientes a 2.178 hogares de 14 municipios, arrojó entre otros resultados, que existe "Una prevalencia de deficiencia de 6.98% y de discapacidad de 3.99%". "En 27.5% de los hogares hay una o más personas con deficiencia; de éstos 17.2% son personas con discapacidad", y el 67.5% de la población con discapacidad está en edad de trabajar".

En el mismo texto se hace referencia a un hecho, que puede ser generalizado, agravante de la situación y es la relación entre NBI y discapacidad, "Las Necesidades Básicas Insatisfechas son un factor que puede estar asociado como causa o consecuencia de la discapacidad. Por un lado, las familias social y económicamente deprimidas, presentan una mayor exposición a los factores que ocasionan la discapacidad, y por otro, la carga económica adicional que representa tener un miembro con discapacidad en la familia". También hay que tener en cuenta para este grupo poblacional una mayor restricción para la incorporación al sistema educativo y laboral, así como dificultades para la accesibilidad y la participación.

En el contexto anterior la situación de discapacidad que vive un gran número de personas es un problema de salud pública, que además de afectar a individuos y familias tiene un impacto negativo sobre el conjunto de la sociedad, incide en la productividad, en el desarrollo del capital humano y va más allá de la persona que la padece, limitando igualmente a las personas cercanas que deben brindar atención.

3. Sustento de la Política

3.1. Fundamentos normativos

3.1.1. La Visión internacional

En el ámbito internacional, en especial desde los organismos del Sistema de las Naciones Unidas, se han promulgado diferentes textos (declaraciones, convenios, planes, recomendaciones, etc.) que contienen planteamientos específicos en relación con los derechos de las personas con discapacidad, señalan deberes de los Estados y de la sociedad para con ellos, donde trazan lineamientos de acción para prevenir la discapacidad, brindar la atención y generar condiciones de integración social y de superación de cualquier forma de discriminación.

Es de anotar, que sí bien gran parte de estos documentos no son de obligatorio cumplimiento, conllevan un compromiso moral y ético por parte de la comunidad internacional y se han convertido en un referente normativo y de acción.

Todos estos lineamientos frente a la discapacidad, tienen como base principios fundamentales de igualdad y de derecho consagrados en la "Declaración Universal de los Derechos Humanos" adoptada en 1948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Esta Declaración señala el ideal común en cuanto a derechos y libertades. Se ha concretado en otras disposiciones que generan mayores compromisos, como es el caso del "Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales Culturales" de 1976 y el "Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos" del mismo año.

Dentro de este contexto de derechos y después de expedir diferentes Resoluciones a través de las cuales se emitieron Declaraciones puntuales en relación con la población afectada por algún tipo de discapacidad, en diciembre de 1982 la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 37/52 proclamó el "Decenio de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad" y formuló el "Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad". Este texto se convierte en un importante antecedente, toda vez que allí se señalan unos objetivos que tienden a una concepción integral para la comprensión y manejo de la discapacidad. En tal sentido, se plantea, "El propósito...es promover medidas eficaces para la prevención de la discapacidad y para la rehabilitación y la realización de los objetivos de igualdad y de plena participación de las personas con discapacidad en la vida social y el desarrollo...". Igualmente, presenta un marco para la comprensión y manejo de la discapacidad, aportando definiciones conceptuales y fijando acciones en los campos de la prevención, la rehabilitación y la equiparación de oportunidades.

Posteriormente y teniendo en cuenta las evaluaciones y la experiencia acumulada relacionada con el Programa planteado para el Decenio de Acción Mundial, en 1993, la misma ONU a través de la Resolución 48/96 expidió las "Normas Uniformes: Sobre la Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad". Este documento, además de definir conceptos fundamentales, reconoce la discapacidad en sus causas, consecuencias y en la forma como se asumen las condiciones de índole económica, social y cultural; y señala además que "La finalidad de estas Normas es garantizar que niñas y niños, mujeres y hombres con discapacidad, en su calidad de miembros de sus respectivas sociedades, puedan tener los mismos derechos y obligaciones que los demás" (Numeral 15). En consecuencia, y destacando las responsabilidades de los Estados y la necesidad de participación de las personas con discapacidad y organizaciones que las representan, se señalan recomendaciones que conducen a la igualdad en la participación y en las oportunidades para las personas con discapacidad en el conjunto de las actividades de la vida social del contexto en que se vive.

Con relación a sectores particulares de población, la Asamblea General de la ONU adoptó en noviembre de 1989 la "Convención sobre los Derechos del Niño", la cual en su Artículo 23 contiene disposiciones sobre los derechos de y los deberes para con los niños con impedimento físico y mental, quienes deben tener derecho a acceder a cuidados y atención especiales para alcanzar el disfrute de una vida plena y digna. Igualmente en los Artículos 24 al 28 se plantea, entre otros, los derechos a la atención en salud y los servicios de tratamiento y rehabilitación; especial cuidado; la seguridad social; un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social; y en la educación.

De otra parte, y según su visión sectorial, la Organización Internacional del Trabajo –OIT-, teniendo como antecedente la Recomendación "Sobre la Adaptación y Readaptación Profesionales de los Inválidos" de 1955, promulgó el Convenio 159 de 1983 "Sobre la Readaptación Profesional y el Empleo de Personas Inválidas" y la Recomendación 168 de 1983, mediante las cuales se propende para que la persona con discapacidad, tenga la oportunidad de un empleo adecuado y se promueva la integración o la reintegración de ella en la sociedad con participación de la colectividad.

La Organización Mundial de la Salud –OMS-, en 1980 publicó una Clasificación Internacional de Deficiencias, Discapacidades y Minusvalías (CIDDM), la cual sirvió para determinar condiciones en relación con estas situaciones. El documento se actualizó en un nuevo texto aprobado en mayo de 2001 y denominado "Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF)", el cual , "proporciona una descripción de situaciones relacionadas con el funcionamiento humano y sus restricciones y sirve como marco de referencia para organizar esta información" (Introducción, numeral 3.2); por tanto, abarca los diferentes aspectos de la salud y constituye una importante herramienta para la identificación y clasificación de la discapacidad.

A nivel del Sistema Interamericano, la Organización de Estados Americanos –OEA- en junio de 1999 aprobó la "Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra las Personas con Discapacidad", ratificada por ley 762 de 2002 del Congreso de la República de Colombia , cuyos objetivos son "la prevención y eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad" (Art.II) a través de la cual se comprometió principalmente a los Estados parte, a "Adoptar las medidas de carácter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier otra índole, necesarias para eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad...", además de darle prioridad a acciones de prevención, detección temprana, educación a la población para el respeto y convivencia de las personas con discapacidad, crear canales de participación para este grupo poblacional y las organizaciones que los representan. También, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos –CIDH- recomendó, en su informe anual de 2000, tomar medidas conducentes a la promoción y protección de los derechos de las personas con discapacidad mental.

Por su parte la Organización Panamericana de la Salud –OPS/OMS- en la Declaración de Caracas, dada a partir de la Conferencia Regional para la Reestructuración de la Psiquiatría en América Latina y en la Resolución CD43.R10 del 27 de septiembre de 2001 del Consejo Directivo de la OPS/OMS, instó a los Estados Miembros a que "...desplieguen esfuerzos para crear y actualizar las disposiciones jurídicas que protegen los derechos humanos de las personas con discapacidades mentales..." (Tomado de Vásquez, 2001. Pág:1).

En diferentes lugares del continente y en diversos momentos se han realizado declaraciones conducentes a resaltar derechos, así como enfatizar en políticas y acciones para las personas con discapacidad. Entre otras se destacan, la Declaración de Cartagena de 1992 "Sobre Políticas Integrales para las Personas con Discapacidad en el Área Iberoamericana", y la Declaración de Panamá de 2000 "La Discapacidad un Asunto de Derechos Humanos: El Derecho a la Equiparación de Oportunidades y el Respeto a la Diversidad".

3.1.2. El Marco legal nacional

En Colombia, con anterioridad a la Constitución Política de 1991, se habían dado algunas disposiciones con respecto a la discapacidad; sin embargo a partir de la expedición de la Carta Magna, se ha venido consolidando un marco jurídico que determina los derechos de la población con discapacidad, y al mismo tiempo las obligaciones del Estado y la sociedad para con ellos.

En la Constitución Política de 1991, se encuentran una serie de artículos que hacen mención expresa a la protección, atención, apoyo e integración social de las personas con discapacidad como los siguientes :

Artículo 13: "...El Estado protegerá especialmente a las personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan".

Artículo 47: "El Estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se prestará la atención especializada que requieran".

Artículo 54: "El Estado debe...garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud".

Artículo 68: "...La erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limitaciones físicas o mentales,...son obligaciones especiales del Estado".

La Carta Magna define una serie de derechos fundamentales, sociales, económicos y culturales, además de los ya mencionados, los cuales son de carácter universal y por tanto cubren a quienes presenten algún tipo de limitación o discapacidad. El Artículo 25 hace mención al trabajo como derecho y obligación social, que se debe dar bajo condiciones dignas y justas; los Artículos 48 y 49, en los cuales se prescribe que la seguridad social es un servicio público, obligatorio y a la vez un derecho irrenunciable de todos los habitantes, además "Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud..."; el Artículo 52, fija el derecho de todas las personas a la recreación y al deporte; el Artículo 67, determina que la educación es un derecho de la persona; y el Artículo 70 se relaciona con el acceso de todos a la cultura.

En desarrollo del Mandato Constitucional, se han expedido la Ley 324 de 1996 "Por la cual se crean algunas normas a favor de la población sorda", en la cual el Estado aprueba la lengua de señas como oficial de la comunidad sorda y se plantea la investigación y difusión de la misma, se prevé la introducción de tecnologías y el servicio de interpretes; y la Ley 361 de 1997 "Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación y se dictan otras disposiciones".

Esta última Ley, que se ha reconocido como un importante avance en cuanto a la definición de un marco para el manejo de la discapacidad, puntualiza diversos aspectos en relación con los derechos fundamentales de las personas con limitación y establece obligaciones y responsabilidades del Estado en sus diferentes niveles para que las personas que se encuentren en esta situación, puedan alcanzar "...su completa realización personal y su total integración social..."; es así como se ocupa de asuntos como la prevención, la educación, la rehabilitación, la integración laboral, el bienestar social, la accesibilidad; además a través de esta norma, se constituye el "Comité Consultivo Nacional de las Personas con Limitación" en calidad de "...asesor institucional para el seguimiento y verificación de la puesta en marcha de las políticas, estrategias y programas que garanticen la integración social del limitado...", y se prevé la conformación de Grupos de Enlace Sectorial (Art.6ş).

La Ley 361 de 1997, en especial en su Artículo 6ş, está reglamentada actualmente mediante el Decreto 276 de 2000, que establece la conformación, define las funciones y señala el funcionamiento del Comité Consultivo Nacional de las Personas con Limitación, fija las funciones del Secretario Técnico, define la coordinación del Comité Consultivo Nacional en la Consejería Presidencial para la Política Social y reglamenta la conformación y funciones de los Grupos de Enlace Sectorial.

A nivel sectorial, se han aplicado otras normas, que en su conjunto son de carácter universal y por tanto cobijan a toda la población. Pero, también en esta juridicidad se encuentran una serie de preceptos normativos específicos para el caso de la discapacidad:

Ley 100 de 1993 "Sistema de Seguridad Social Integral", "...tiene por objeto garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que la afecten" (Art.1). Contempla disposiciones específicas en relación con la invalidez y la discapacidad, en lo concerniente al "Sistema General de Pensiones" (Arts. 38 y 39), "Sistema General de Seguridad Social en Salud" y "Sistema General de Riesgos Profesionales" (Arts. 249 a 253 y 257). En el caso del Sistema de Salud, se prevé que toda la población será cubierta en lo relacionado con la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad y la atención y recuperación; además señala que las personas con discapacidad sin capacidad de pago serán beneficiarios del Régimen Subsidiado (Art.157), y que en el caso del Régimen Contributivo la cobertura familiar incluye a las personas con discapacidad permanentes con mayoría de edad (Art.163).

Dentro de este marco se han desarrollado otras normas para el sector salud, los Decretos: el 2226 de 1996 y 1152/99 que asignan al Ministerio de Salud la función relacionada con la dirección, orientación, vigilancia y ejecución de los planes y programas que en el campo de la salud, se relacionen con la tercera edad, indigentes, minusválidos y discapacitados. Las Resoluciones: 5261 de 1994 que adopta el manual de actividades, intervenciones y procedimientos del Plan Obligatorio de Salud en el Sistema de Seguridad Social en Salud, en el que se incluyen las actividades y procedimientos de rehabilitación; la resolución 4288 de 1996 define el Plan de Atención Básica que contiene acciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad para toda la población, la 3165 de 1996, adopta los lineamientos de atención en salud para las personas con deficiencias, discapacidades y minusvalías; la 3374 de 2000 que reglamenta el sistema de información del Ministerio de Salud; 238 de 1999 "Por la cual se establecen las normas técnicas, científicas y administrativas que contienen los requisitos esenciales para la prestación de servicios de salud..." quedando incluidos los servicios relacionados con psiquiatría, medicina física y rehabilitación, terapia ocupacional, física y del lenguaje, etc.; la 1896 de 2001 adopta la Clasificación Única de Procedimientos en Salud, incluyendo los procedimientos relacionados con el desempeño funcional y la rehabilitación; la resolución 412 de 2000 y la 3384 de 2000, establecen las actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida y obligatorio cumplimiento, adoptan las normas técnicas y guías de atención para eventos de detección temprana, protección específica y enfermedades de interés en salud pública.

El Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud ha expedido los Acuerdos: 72 de 1997 "Por medio del cual se define el Plan de Beneficios del Régimen Subsidiado"; 74 de 1997, que adiciona al Plan de Beneficios del Régimen Subsidiado la atención necesaria para la Rehabilitación Funcional de las personas con deficiencia, discapacidad o minusvalía; 77 de 1997, que define la forma y condiciones de operación del Régimen Subsidiado, incluyendo como priorizables para la afiliación a la población con limitaciones físicas, síquicas o sensoriales; el 117 de 1998 "Por el cual se establece el obligatorio cumplimiento de las actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida y la atención de enfermedades de interés en salud pública".

En relación con el financiamiento en el sector salud, se expidió la Ley 643 de 2001 "Por la cual se fija el régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar" en su Artículo 42 prevé dentro de la destinación de las rentas del monopolio al sector salud, que el 4% debe destinarse a la vinculación al Régimen Subsidiado de los discapacitados, limitados visuales y salud mental.

El Ministerio de Trabajo ha expedido los Decretos: 970 de 1994 que promulga el Convenio sobre readaptación profesional y el empleo de personas inválidas; 692 de 1995 que adopta el manual de calificación de invalidez; 97 de 1999 sobre el "Manual Único de calificación de pérdida de capacidad laboral"; 1128 de 1999 reestructura el Ministerio y se incluye la asignación de funciones con respecto al tema de discapacidad; 2463 de 2001 "Reglamenta la integración, financiación y funciones de las Juntas de Calificación de Invalidez". Además, la Resolución 612 de 2000 "asigna funciones a la Junta de Calificación de Invalidez"; y varias Circulares que tratan sobre pérdida de capacidad laboral, y rehabilitación integral para el Sistema General de Riesgos Profesionales.

Ley 105 de 1993 "Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte...". En los principios definidos en el Artículo 3ş , plantea el acceso al transporte " en el diseño de la infraestructura de transporte, así como en la provisión de los servicios de transporte público de pasajeros, las autoridades competentes promuevan el establecimiento de condiciones para su uso por los discapacitados físicos, sensoriales y psíquicos"; y en lo que corresponde a subsidios, se posibilita el establecimiento de éstos a favor, entre otros, de las personas con discapacidad física. También, para lo correspondiente a la accesibilidad, están las Normas Técnicas ICONTEC, 4139, 4140 a 4145, 4201, 4339, 4279, 4407, 4695 y 4774. Con el apoyo de la Universidad Nacional para el Fondo de Prevención Vial, existe el Manual de Accesibilidad al Espacio Público y al Transporte.

Ley 115 de 1994 "Ley General de Educación". El Capítulo 1 del Titulo III (Artículos 46 a 49), Prevé la "Educación para personas con limitaciones o capacidades excepcionales", la cual plantea que la educación para estos grupos "...es parte integrante del servicio público educativo". (Art. 46), y que "...el Estado apoyará a las instituciones y fomentará programas y experiencias orientadas a la adecuada atención educativa..." (Art. 47).

En el sector educación se han expedido los siguientes Decretos: 369 de 1994 modifica la estructura y funciones del Instituto Nacional para Ciegos –INCI-; el 2082 de 1996 reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones o capacidades excepcionales, en desarrollo del cual se formuló lo correspondiente al Plan de Cubrimiento Gradual de Atención Educativa para las personas con limitaciones o capacidades excepcionales; el 2369 de 1997 da recomendaciones de atención a personas con limitación auditiva; el 3011 de 1997 sobre adecuación de instituciones en programas de educación básica y media de adultos con limitaciones; el 672 de 1998 relacionado con la educación de niños sordos y la lengua de señas; y el 1509 de 1998 establece disposiciones para el ejercicio de la supervisión y la vigilancia que debe cumplir el INCI en relación con las entidades y organizaciones de y para ciegos.

Existen además las Normas Técnicas: 4595 que establece los requisitos para el planeamiento y diseño físico-espacial de nuevas instalaciones escolares, acogiendo los temas de accesibilidad, seguridad y comodidad; el 4596 establece requisitos para diseñar y desarrollar un sistema integral de señalización en las instituciones educativas, que contribuya a la seguridad y fácil orientación de los usuarios dentro de éstas, dispone el uso de señales para personas con discapacidad; 4732 y 4733, especifican los requisitos que deben cumplir y los ensayos a los que se deben someter los pupitres y las sillas destinadas para uso de los estudiantes con parálisis cerebral y en sillas de ruedas, respectivamente.

Ley 181 de 1995 "Por la cual se dictan disposiciones para el Fomento del Deporte, la Recreación, el Aprovechamiento del Tiempo Libre y la Educación Física...". El Numeral 4 del Artículo 3 plantea como parte del objeto " Formular y ejecutar programas especiales para la educación física, deporte y recreación de las personas con discapacidades físicas, síquicas, sensoriales...", lo cual es también tratado en los artículos 11,12 y 24.

La Ley 582 de 2000, establece el Sistema Deportivo Nacional de las personas con discapacidad y crea el Comité Paralímpico Colombiano máximo ente rector del deporte y organiza por modalidad de discapacidad cada una de las federaciones deportivas.

En el sector de las comunicaciones, la Ley 335 de 1996 relacionada con la Comisión Nacional de Televisión (CNT) y mediante la cual se crea la televisión privada, esta ordena que "...Se deberá incluir el sistema de subtitulación o lengua manual para garantizar el acceso de este servicio a las personas con problemas auditivos o sordas" (Art.12). Igualmente, en este sector se han expedido diferentes Decretos, entre los cuales están el 1900 de 1990 "Por el cual se reforman normas y estatutos que regulan las actividades y servicios de telecomunicaciones y afines, y el 1130 de 1999 que reestructura el Ministerio de Comunicaciones. En éstos, se plantea entre otros asuntos que: la información es un derecho fundamental, las telecomunicaciones tienen por objeto elevar el nivel de vida de los habitantes, las comunicaciones deben tener un uso y beneficio social, y se debe desarrollar investigación y nuevas tecnologías. Por su parte la CNT, mediante el Acuerdo 38 de 1988 crea mecanismos para garantizar el acceso al servicio público de televisión por parte de las personas con limitación auditiva. La Resolución 001080 del 5 de agosto de 2002 fija los criterios aplicables a la programación de televisión para la población sorda.

Ley 368 de 1997 "Por la cual se crea la Red de Solidaridad Social...", determina que dentro de las funciones de esta institución está la de adelantar y coordinar programas, para las personas con discapacidades físicas y mentales (numeral 2, Artículo 3). Lo cual es ratificado en el Decreto 2713 de 1999 "Por el cual se modifica la estructura de la Red de Solidaridad Social y se definen las funciones de sus dependencias.

Ley 397 de 1997 "Por la cual...se dictan normas sobre el patrimonio cultural, fomentos y estímulos de la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura...". En el numeral 13 del Artículo 1ş (Principios fundamentales) señala que el Estado, al formular la política cultural tendrá en cuenta y concederá "especial tratamiento a las personas limitadas física, sensorial y psíquicamente...". E igualmente, en los Artículos 50 y 60, se fija que en los Consejos nacional, departamentales, distritales y municipales, habrá un representante de las agremiaciones culturales de discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales.

Adicionalmente, en lo que hace a las competencias de las entidades territoriales, ha sido promulgada recientemente la Ley 715 de diciembre de 2001 "Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias...". Esta Ley tiene incidencia en el tema del manejo de la discapacidad, determina las responsabilidades que tiene la Nación y las entidades territoriales departamentales y municipales en la formulación y ejecución de los planes, programas y proyectos de los sectores de educación, salud en correspondencia con lo determinado en las Ley 100 de 1993 y 115 de 1994; y en los denominados "otros sectores", entre los cuales están transporte, deporte y recreación, cultura, prevención y atención de desastres, y atención a grupos vulnerables.

Es importante mencionar el Decreto Ley 2737 de 1989 que adoptó el Código del Menor, en el cual se consideró al menor con deficiencias y se fijaron responsabilidades de la familia y del Estado en la atención de los niños y niñas en esta condición. Finalmente, mediante el Decreto 2381 de 1999, se determinó como Día Nacional de las Personas con Discapacidad el 3 de diciembre de cada año.

3.2. Principios

Los principios generales que orientan la política en discapacidad, son el respeto a los derechos fundamentales del individuo y el reconocimiento a los derechos sociales, económicos, culturales y del ambiente que se han consagrado en la Constitución Política. De los anteriores, se derivan otros principios particulares como la tolerancia, la igualdad y el respeto a la diferencia, los cuales son esenciales y determinantes para la convivencia ciudadana y para la construcción colectiva de Nación.

Es necesario destacar que los derechos sociales, económicos, culturales y del ambiente, son base fundamental del Estado Social de Derecho definido en la Carta Constitucional, y están dirigidos a alcanzar una plena igualdad de oportunidades para todos los habitantes, en el marco de justicia, de protección a aquellos que se encuentren en condiciones de vulnerabilidad o debilidad manifiesta, y en general a la búsqueda del mejoramiento de la calidad de vida para todos.

En relación con los principios particulares, la tolerancia, la igualdad y el respeto a la diferencia, están indisolublemente ligados, implican la aceptación y cooperación con el otro para la generación de condiciones de equidad frente a las posibilidades y la concreción de derechos, aceptando a la vez que existen particularidades que generan diferencias entre los individuos con y sin discapacidad, en donde los primeros deben ser sujetos del reconocimiento y el respeto que todos debemos tener en una sociedad incluyente.

4. Descentralización de los Planes Nacionales y la Política Pública

En el contexto constitucional y normativo existente, la descentralización constituye una de las estrategias fundamentales para la ejecución de las políticas sociales. Sin embargo, para que dichas políticas nacionales se asuman, dentro de parámetros de articulación y armonización, como competencias permanentes por parte de las entidades territoriales y tengan continuidad y sostenibilidad, se retoma el criterio de construcción de la política pública. Así, en este aparte se presentan elementos básicos de los conceptos de descentralización y construcción de la política pública, los cuales deben estar presentes en la práctica institucional en los diferentes niveles de Gobierno.

4.1. Criterios Generales

4.1.1. Descentralización

La Descentralización prevista en la constitución Política, entre otros aspectos, está dirigida a lograr que en las entidades territoriales se de una prestación de servicios más cercana a los usuarios, se amplié la democracia participativa y se fortalezca el papel de los departamentos, distritos y municipios en la gestión y ejecución de los asuntos concernientes a la población de su respectiva jurisdicción.

El proceso de descentralización requiere de acciones de apoyo del nivel nacional y de desarrollo interno en las entidades territoriales, que conduzcan a que los departamentos y municipios, de acuerdo con sus competencias, incorporen en sus planes de desarrollo territoriales, sectoriales e institucionales, los diferentes elementos integrantes de la política y de los planes nacionales, los adapten a su realidad y asuman la gestión y ejecución de acciones dirigidas al logro de los objetivos y propósitos planteados en los componentes de Prevención, Habilitación / Rehabilitación, y Equiparación de Oportunidades.

La continuidad en la incorporación de estos elementos, se debe realizar dentro de un procesos de articulación y armonización de las políticas, de acuerdo a lo previsto en la "Ley Orgánica del Plan de Desarrollo" (Ley 152 de 1994) la cual plantea la "Coordinación" como uno de sus "Principios Generales" (Art.3), lo que se ratifica en el Artículo 32, donde se establece que "Los planes de desarrollo de las entidades territoriales, sin perjuicio de su autonomía, deberán tener en cuenta para su elaboración las políticas y estrategias del Plan Nacional de Desarrollo y garantizar la coherencia".

4.1.2. Construcción de la Política Pública

La construcción de la Política Pública, busca que la política social "...trascienda los planes y políticas gubernamentales, que haga realidad la descentralización y que, mediante procesos participativos intersectoriales, se ubique el real estado de necesidades, usuarios, propuestas de acción, compromisos y compromisarios". Por lo tanto, mediante este proceso se apunta a lograr una institucionalización de la política y de los planes y en consecuencia se busca que las acciones emprendidas y las metas trazadas tengan sostenibilidad a mediano y largo plazo.

4.2. Responsabilidades de la Nación y de las Entidades Territoriales

En el proceso de descentralización de la política así como del Plan y de la incorporación de éste dentro de la construcción de una política pública, al nivel Nacional como a las entidades territoriales departamentales y municipales le son inherentes una serie de responsabilidades cuyo cumplimiento son una obligación, dadas las competencias asignadas en el marco normativo nacional, a la vez que son producto del compromiso de mejoramiento de las condiciones de vida del conjunto de la población.

4.2.1. Competencias de la Nación.

Corresponde a la nación, la definición de los aspectos de legislación; la formación de la Política Pública, la formulación de los planes y programas nacionales de discapacidad; la incorporación de las metas en la oferta programática nacional; la coordinación nacional y la gestión institucional y de soporte para la asistencia técnica en el fortalecimiento territorial.

4.2.2. Competencias de los Departamentos

Le compete a los departamentos, dentro de un contexto de construcción de política pública, la gestión, planificación y promoción del desarrollo de planes y acciones para la discapacidad; implementar y adoptar en coordinación con las entidades territoriales municipales las políticas, los planes y programas nacionales; hacer seguimiento y evaluación de la gestión realizada en su jurisdicción; asesorar y prestar asistencia técnica a los municipios.

4.2.3. Competencias de los Municipios

En el marco de la construcción de la política pública, corresponde a los municipios la gestión, planificación y promoción del desarrollo de planes y acciones para la discapacidad; promover, dirigir, coordinar, gestionar y hacer seguimiento, evaluación de la gestión y ejecución realizada en su jurisdicción.

III. MANUAL OPERATIVO

 

 

1. Generalidades

1.1. Presentación del Manual

El Manual Operativo contiene los elementos generales que rigen la operación del "Plan Nacional de Atención a las Personas con Discapacidad" (en adelante: "el Plan"). Incluye la presentación de los aspectos constitutivos del Plan, la organización institucional para su coordinación y ejecución, identificación de fuentes de financiación y, los mecanismos de monitoreo y evaluación. El Manual se constituye en una guía para el desarrollo del Plan.

1.2. Propósito y alcance

El Manual ha sido diseñado como apoyo al proceso de asunción de la coordinación del Plan por parte de la Red de Solidaridad Social, y por tanto tiene por objeto facilitar la asistencia técnica del nivel nacional a los departamentos y de éstos a los municipios, proveer herramientas para la ejecución de los diferentes componentes del Plan, y el seguimiento y evaluación del mismo, por parte de las instituciones competentes, nacionales y territoriales, públicas y privadas.

Constituye una herramienta de consulta, que permite apoyar la planeación, organización, ejecución y evaluación de otros planes, programas y proyectos que se enmarquen en el desarrollo de lo previsto en el Plan. De igual manera, el Manual es un referente para que este Plan sea incorporado en los planes de desarrollo de las entidades territoriales y de las instituciones sectoriales con responsabilidades en los diferentes componentes y acciones contenidas en el mismo.

Lo correspondiente a metas y actividades recoge algunas propuestas identificadas en el Plan Nacional de Atención a la Discapacidad 1998- 2002 que no fueron desarrolladas o están en proceso de ejecución, así como otras nuevas, producto del avance conceptual y de la precisión de las competencias de los sectores y niveles territoriales, dado a partir del desarrollo de la metodología para la Formación de Política Pública en el área social, la cual permitió plantear propósitos de política por componentes ( manifiestos ), los cuales han sido desarrollados en lineamientos técnicos de política ( fundamentación )por los Grupos de Enlace Sectorial, durante el período 2000-2002. Algunas metas y actividades responden en su diseño preliminar a un nuevo enfoque de gestión y por lo tanto deben ser convalidadas en el proceso de descentralización y aplicación de la política a nivel territorial, lo cual permitirá instrumentalizarlas y compatibilizarlas con los programas y proyectos, y con los lineamientos técnicos, operativos y presupuéstales de las instituciones.

 

1.3. Usuarios

El Manual, está dirigido a las instituciones estatales del nivel nacional, departamental y municipal, a las entidades privadas vinculadas con el tema, a las Organizaciones no Gubernamentales (ONGs) que trabajan en discapacidad o que son representativas de sectores afectados por condiciones de discapacidad, y a todos los organismos y personas que participen en la asesoría, definición y formulación de planes, proyectos y acciones conducentes al desarrollo de los componentes del "Plan Nacional de Atención a las Personas con Discapacidad".

2. El Plan Nacional de Atención a las Personas con Discapacidad

En este aparte del Manual, se hace una presentación general de los contenidos del Plan Nacional de Atención a las Personas con Discapacidad, que fue formulado para ser ejecutado en el cuatrienio 1998-2002. Sin embargo, con el fin de ampliar algunos de los lineamientos allí previstos y de acuerdo al enfoque por componentes, adelantado con los grupos de enlace sectorial, se definieron objetivos, propósitos, metas y actividades por componentes, entre los cuales se ha redefinido el correspondiente a Equiparación de Oportunidades agrupando algunas áreas de acción que fueron planteadas inicialmente en el Plan e incluyendo otras nuevas como las de Integración Laboral y Accesibilidad y Acceso.

 

2.1. Antecedentes

Con anterioridad a la formulación del Plan, en el país se habían planteado diferentes lineamientos para hacer frente a situaciones relacionadas con la discapacidad. Inicialmente y desde una perspectiva de la rehabilitación, a través del Decreto 2358 de 1981 se crea el "Sistema Nacional de Rehabilitación"; posteriormente y retomando lo definido y recomendado a nivel internacional, se adoptan disposiciones que incluyen planteamientos específicos a la discapacidad. Al respecto se pueden citar las normas sobre "Educación, Reeducación, Readaptación y Reubicación Laboral" previstas en la Ley 50 de 1988 y en el Decreto 2177 de 1989, y lo previsto en el Código del Menor que fue adoptado mediante el Decreto Ley 2737 de 1989. En 1995 se expidió el Documento CONPES 2761 "Política de Prevención y Atención a la Discapacidad".

En la Constitución Política de 1991 se determinan los derechos individuales y colectivos, que por sus características de universalidad tienen incidencia sobre todas las personas y en consecuencia sobre aquellas que viven algún tipo de discapacidad y se dictan disposiciones específicas para estos sectores de población. Lo anterior, conduce a que se den reglamentaciones puntuales sobre la discapacidad, vía el legislador; y a la expedición de diferentes decretos, resoluciones y directrices sectoriales en las que se tiene en cuenta lo dispuesto en la Carta Magna. (Ver Numeral 3.1.2. Cap:II).

En el Plan de Desarrollo "Cambio para Construir la Paz" ejecutado durante el cuatrienio 1998-2002 se plantea que "...se pondrá en marcha un plan nacional de atención a las personas con discapacidad con carácter intersectorial" (Pág.: 364). Así, se formula el "Plan Nacional de Atención a las Personas con Discapacidad 1998-2002", el cual surge de un proceso de interacción y de trabajo conjunto entre diferentes instituciones del nivel nacional entre las cuales están varios Ministerios y algunas instituciones adscritas a éstos del nivel territorial, en donde se llevaron a cabo mesas de trabajo y en las cuales participaron representantes de entidades sectoriales y de las Redes Territoriales de Atención a la Discapacidad, así como el sector privado.

El Plan se enmarca dentro de la perspectiva de fortalecimiento del capital humano, procurando prevenir factores de riesgo que pueden afectar a individuos, familia y sociedad, en sus condiciones generales de vida. Con su implementación se busca mejorar los niveles de habilitación y rehabilitación de las personas con discapacidad en conexión con la construcción de condiciones que conlleven la equiparación de oportunidades, constituyéndose a su vez en una fuente de generación y acumulación de capital social, pues fortalece la convivencia ciudadana y la integración de los individuos y grupos dentro del tejido social general.

Este escenario configura la operación del Plan y permite a partir del análisis de la oferta de servicios planteada como respuesta a la demanda de la población con discapacidad, avanzar en la cualificación de los servicios, construir una mirada integral para el desarrollo de los diferentes componentes de intervención del Plan y concebir la discapacidad como algo que trasciende el diagnóstico clínico y la atención biomédica, y que como condición requiere un manejo integral que involucra a la familia, a la comunidad y al Estado.

2.2. Alcance y Propósito del Plan

El Plan plantea como alcance, asumir las responsabilidades y competencias de carácter sectorial, institucional y territorial, proyectando una cobertura regional para la prevención de la discapacidad, y la atención de la población en condición de discapacidad y su familia en lo relacionado con rehabilitación, apoyo para el mejoramiento de la calidad de vida y equiparación de oportunidades, desde los niveles comunitario al nacional, para el reconocimiento de los derechos, la autonomía, la integración y la participación plena de este grupo poblacional, con responsabilidad de las entidades del orden nacional y territorial en el marco de sus planes de desarrollo. Su carácter interdisciplinario, interinstitucional, intersectorial, y descentralizado, facilita la articulación de acciones comunes, tanto horizontal como verticalmente.

El propósito del Plan, es garantizar la dirección y coordinación del Estado en los diferentes niveles de Gobierno en la ejecución de acciones con respecto a la prevención, rehabilitación y equiparación de oportunidades de la población con discapacidad; e impulsar su control y seguimiento en el marco de la corresponsabilidad del Estado y la Sociedad Civil, y desde una perspectiva del desarrollo de la política pública para la discapacidad.

 

 

2.3. Objetivo del Plan

Prevenir la incidencia de la discapacidad y mejorar la calidad de vida de ésta población, por medio del fortalecimiento y la ampliación de los servicios existentes, facilitando su acceso, calidad y cobertura. De igual manera, se busca estimular intersectorial e interinstitucionalmente, la extensión y consolidación de las redes territoriales y sociales de apoyo para la atención de la discapacidad y la equiparación de oportunidades que permitan el desarrollo de una cultura de convivencia y respeto a los derechos fundamentales.

2.4. Líneas Estratégicas o Actividades de Gestión

La descentralización es la columna vertebral del Plan y las líneas estratégicas están orientadas a consolidar la organización administrativa de origen constitucional, de forma que las instancias territoriales asumen un papel protagónico en la definición, organización, administración y prestación de los servicios según las necesidades y particularidades regionales y locales, en concordancia con las responsabilidades que les han sido asignadas y en cumplimiento de sus planes de desarrollo. Para ello la Coordinación del Plan como las diferentes instituciones nacionales involucradas, desarrollarán actividades encaminadas al fortalecimiento de la capacidad institucional a nivel territorial, y al apoyo para el mejoramiento de las condiciones técnicas y tecnológicas para alcanzar mayores coberturas y calidad en la ejecución de acciones concordantes con los diferentes componentes del Plan.

Las líneas estratégicas desarrolladas en el Plan son transversales a las diferentes acciones de los sectores comprometidos en su ejecución. En el desarrollo del Plan 1998-2002, se da el proceso de construcción de la Metodología para la Formación de Política Pública en Discapacidad, la cual guía su operación; en éste proceso las líneas estratégicas se asumen como actividades de gestión, aspecto central de la metodología dado su carácter de soporte técnico de gestión requerido por los diferentes componentes de la política. En conjunto las actividades de gestión comprenden el desarrollo de los procesos de información, planificación, toma de decisiones, movilización e investigación y desarrollo.

Desde las líneas estratégicas planteadas inicialmente en el Plan, se mostrará la evolución hacia las actividades de gestión, incorporando los conceptos que se han venido elaborando en el período de construcción de la metodología.

El Plan concibe la línea estratégica del Sistema de Información, como el poder contar con un instrumento de captura y flujo de información intersectorial para la planeación, dirección, vigilancia, seguimiento y control de la situación de discapacidad, así como de los desarrollos en promoción, prevención, atención y equiparación de oportunidades que se realicen a nivel nacional y territorial.

La actividad de gestión en Información desarrollada en la Metodología de Formación de Política Pública supera el aspecto instrumental y concibe el proceso como la " producción y socialización de los datos necesarios, oportunos y confiables, que alimentan sistemáticamente el análisis de las acciones que se van a emprender sobre la realidad. La información no se puede asimilar a simples datos que se recogen o al medio en el cual se guardan; implica acciones de procesamiento e integración que permitan su análisis. En este sentido, la información orienta las preguntas del para qué, con quién, dónde, para quién y nos indica cuál es el problema, su dimensión y su ubicación. En este contexto el producto de la información es la recolección y organización del "dato relevante", de manera que facilite su lectura e interpretación".

Hay cuatro líneas estratégicas de las planteadas inicialmente en el Plan que se refieren a: Planeación, Oferta de Servicios y Desarrollo Tecnológico cuya finalidad es la de generar procesos de planeación en los diferentes ámbitos sectoriales y territoriales, así como el mejoramiento de las condiciones para la prestación de servicios. La línea de Cooperación Técnica, dirigida a la búsqueda y flujo de recursos técnicos, humanos y económicos para el mejoramiento de condiciones y capacidades con el fin de hacer frente al manejo de la situación de discapacidad; la línea de Reglamentación y Protección Jurídica cuyo propósito es alcanzar un nivel eficaz de normatización sobre los derechos y deberes en el área de discapacidad y la línea de Evaluación y Seguimiento que comprende la realización de acciones permanentes de seguimiento para conocer el desarrollo de las mismas y el cumplimiento de objetivos, para tomar correctivos; a la vez busca conocer los resultados de metas e impacto.

Estas cuatro líneas enunciadas se corresponden a la actividad de gestión de Planificación.

Actividad entendida "como proceso mediante el cual se elaboran las alternativas posibles de acción, a partir del análisis de los insumos suministrados por la actividad de información y a la luz de los marcos conceptuales escogidos, que en ocasiones pueden requerir la realización de estudios especializados. La planificación así entendida trasciende el ejercicio presupuestal de asignación de recursos, para enfocar el análisis hacia la proyección en el futuro de las consecuencias de las acciones y omisiones presentes. Los productos de esta actividad se dirigen a facilitar, en las instancias competentes, la toma de decisiones eficaces para lograr la movilización de los ejecutores o transformadores.

Asimismo, el proceso de planificación incorpora el diseño de los mecanismos de operación requeridos para la ejecución, el seguimiento sistemático y la evaluación; en este sentido debe asegurar la óptima utilización de los recursos científicos, tecnológicos, humanos, físicos y financieros. Entre estos mecanismos se encuentran la definición de lineamientos, procedimientos, estándares, metas y recursos."

Dos líneas estratégicas, las de Asistencia Técnica, que busca generar procesos de apoyo y acompañamiento técnico a las instituciones públicas y privadas, para un mejor desempeño en el cumplimiento de sus responsabilidades y la de Comunicación y Cultura, que pretende crear sensibilidad y conciencia en relación con la prevención de la discapacidad, los derechos de las personas con discapacidad y, alcanzar una cultura de equiparación de oportunidades, se inscriben en la línea de gestión de Movilización , la cual "tiene en cuenta el conjunto de actividades dirigidas a transmitir a los reales transformadores, llámese operador o ejecutor, los elementos necesarios para que las líneas de acción definidas puedan llevarse a la práctica. Este proceso genera la capacidad de transformar en pos del resultado esperado, mediante la aplicación de mecanismos de motivación, información y formación. Tales mecanismos están dirigidos, en cada nivel territorial, a actores clave para la convocatoria a una real acción transformadora; dichos actores clave incluyen tanto a quienes tienen el carácter de impulsores o multiplicadores como a aquellos que son ejecutores directos. El producto de la movilización es el fortalecimiento de la capacidad real de los ejecutores para lograr el resultado esperado"

La última línea estratégica planteada en el Plan 1998-2002 hace referencia a la de Investigación relacionada con la ampliación del conocimiento sobre las condiciones y factores asociados a la discapacidad, y a los diferentes componentes de intervención. Desde la concepción de actividad de gestión, la investigación y desarrollo, se toma como "un proceso de estudio, controlado, reflexivo y crítico de proposiciones hipotéticas, basado en la observación de las relaciones que existen entre los fenómenos. Su propósito, ante una situación problemática sobre la cual el conocimiento actual es insuficiente, es desarrollar parámetros, modelos y marcos conceptuales que orienten el análisis de información pertinente para la selección de alternativas de intervención."

2.5. Componentes

Tal como se planteó en el numeral 1.2. del Capítulo II, los componentes de política para la intervención en discapacidad son: Prevención, Habilitación y Rehabilitación, y Equiparación de Oportunidades.

La Prevención está basada en la adopción de medidas dirigidas a impedir que se produzca cualquier situación de discapacidad y hacia la construcción de entornos protectores, por tanto es aplicable al conjunto de la población. La Habilitación y Rehabilitación, es el conjunto de actividades y procedimientos que cubren desde la atención básica hasta la superación de la discapacidad y la integración con el entorno social. La Equiparación de Oportunidades, es un proceso permanente dirigido a generar espacios y condiciones para facilitar la participación y la inclusión social de las personas con discapacidad.

El Plan se asume desde una perspectiva de integralidad, dado el carácter permanente de la Prevención, y la relación continua y bidireccional que debe existir entre la Habilitación/Rehabilitación con la interacción con el medio, en un proceso de equidad social para la equiparación de oportunidades. La discapacidad "no es un problema individual sino un fenómeno social y por lo tanto su grado de severidad no sólo lo determina la limitación que tenga el individuo, sino también la oportunidad que le ofrezca el medio"

De manera resumida y retomando el texto "Metodología para la formación de la Política Pública en el Área Social", a través de la Prevención se "desarrollan o potencian factores protectores", mediante la Rehabilitación se "realizan intervenciones específicas para el desarrollo de capacidades de las personas y sus familias, de acuerdo con las consecuencias derivadas de deficiencia y discapacidad en su ámbito cotidiano", y con la Equiparación de Oportunidades se "generan espacios y condiciones para facilitar la participación de las personas con discapacidad en la construcción de una sociedad para todos".

 

 

 

 

 

 

 

 

2.5.1 Prevención

2.5.1.1. Objetivo

Fomentar estilos de vida saludables y entornos protectores que mejoren la calidad de vida del individuo, la familia y la comunidad, e incidan en los riesgos que originan la discapacidad.

2.5.1.2. Propósitos

2.5.1.3. Metas

2.5.1.4. Actividades

Nivel nacional

Nivel territorial

2.5.2. Habilitación y Rehabilitación

2.5.2.1. Objetivo

Promover el máximo de autonomía personal y prevenir mayores consecuencias de discapacidad en todos los grupos de edad, mediante la aplicación de actividades, procedimientos e intervenciones para que las personas con discapacidad desarrollen su máxima funcionalidad y facilitar su integración al medio familiar, social y ocupacional.

2.5.2.2. Propósitos

2.5.2.3. Metas

2.5.2.4. Actividades

Nivel nacional

Nivel territorial

2.5.3. Equiparación de Oportunidades

2.5.3.1. Educación

2.5.3.1.1. Objetivo

Garantizar que en forma gradual se brinde a las personas en situación de discapacidad oportunidades de acceder, permanecer y promocionarse en condiciones apropiadas de calidad, eficiencia y equidad dentro del sistema educativo colombiano.

2.5.3.1. 2. Propósitos

2.5.3.1.3. Metas

A nivel territorial se debe tener como eje de las metas:

2.5.3.1.4. Actividades

Nivel nacional

Nivel territorial

2.5.3.2. Integración Laboral

2.5.3.2.1. Objetivos

Generar políticas, programas y proyectos que posibiliten la integración y permanencia de las personas con discapacidad en el mercado laboral.

2.5.3.2.2. Propósitos

2.5.3.2.3. Metas

2.5.3.2.4. Actividades

Nivel nacional

Nivel territorial

2.5.3.3 Accesibilidad

2.5.3.3.1 Objetivo

Generar condiciones físicas, comunicativas y culturales que contribuyan a la eliminación de barreras y a la inclusión social de las personas con discapacidad, mediante la implementación, adecuación y utilización de ayudas técnicas y tecnológicas de infraestructura de información y comunicación.

2.5.3.3.2 Propósitos

2.5.3.3.3 Accesibilidad al Medio físico, a la Vivienda y al Transporte

2.5.3.3.3.1. Metas

2.5.3.3.3.2. Actividades

Nivel nacional

Nivel territorial

2.5.3.3.4. Acceso a la Información, comunicación y cultura.

2.5.3.3.4.1. Metas

2.5.3.3.4.2.Actividades

Nivel Nacional

Nivel territorial

2.6. Beneficiarios

El Plan en su componente de Prevención tiene como beneficiarios al conjunto de la población; estas acciones son de carácter universal pues toda la población es vulnerable a encontrarse en una situación de discapacidad. La Habilitación y Rehabilitación y la Equiparación de Oportunidades, tienen como objetivo a los sectores poblacionales afectados por algún tipo de discapacidad. No obstante, este último componente, exige acciones dirigidas a las instituciones públicas, privadas y en general a toda la población, en la medida en que lleva implícita una labor de cambios socioculturales en relación con la percepción y actuar frente a la discapacidad.

En el caso particular de las personas afectadas con discapacidad y que se encuentren en condiciones de pobreza, en especial aquellos identificados en los niveles 1 y 2 del SISBEN, son beneficiarios del conjunto de actividades que integran el Plan. Por su condición deben ser beneficiarios prioritarios de las acciones focalizadas para efectos de los subsidios que se brindan en relación a los programas de la política social.

3. Organización Institucional para la Operación del Plan

3.1. Nivel Nacional

Comprende dos instancias, una de Política, en la cual se fundamentan los propósitos de la política misma, a la vez cumple un papel de asesoría con respecto al Plan; una de Gestión y Soporte Técnico, integrada por todas las instituciones compromisarias, que de manera simultánea se ubican específicamente como Comité Consultivo Nacional, Comité Técnico Nacional y Grupos de Enlace Sectorial. El siguiente esquema resume dicha estructura, que se describe y detalla en los siguientes numerales.

*Coordinado por la Consejería Presidencial para la Política Social. (Art.6 de la Ley 361 de 1997 y Decreto 276 de 2000)

      1. Instancia Política y Organismo Asesor

El organismo asesor para el Plan, será el "Comité Consultivo Nacional de las Personas con Limitación", se fundamenta en las atribuciones dadas a este organismo, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 6ş de la Ley 361 de 1997.

El Comité Consultivo Nacional, cuenta con una coordinación técnica delegada a una Consejería Presidencial y un Secretario Técnico en el Ministerio de Salud, el cual en coordinación con el Comité Técnico Nacional, será responsable de dar las orientaciones de política a los diferentes sectores y entidades compromisarias.

3.1.1.1. Descripción

El Organismo Asesor en lo que corresponde al Plan, será el Comité Consultivo Nacional de las Personas con Limitación, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 6ş. de la Ley 361 de 1997, que dice "Constituyese el "Comité Consultivo Nacional de las Personas con Limitación", como asesor institucional, para el seguimiento y verificación de la puesta en marcha de las políticas, estrategias y programas que garanticen la integración social del limitado" y según las funciones que se señalan en el Decreto 276 de 2000.

3.1.1.2. Objetivo

Identificar y definir mecanismos que contribuyan a fortalecer las políticas relacionadas con las personas con discapacidad, apoyar y asesorar a las instituciones estatales coordinadoras técnicas y facilitadoras del proceso al interior de los Grupos de Enlace Sectorial por componente, para el cumplimiento de los aspectos definidos en el Plan, con el fin de garantizar el desarrollo, ejecución, determinar mecanismos de evaluación y seguimiento al Plan, con el propósito de recomendar los ajustes o las acciones institucionales requeridas para el avance de logros en sus diferentes componentes.

El Comité Consultivo Nacional de las Personas con Limitación, debe asumirse como un organismo participativo de carácter mixto, en el cual interactúan representantes de las organizaciones de y para las personas con discapacidad, de la academia, del nivel científico y de las instituciones estatales.

3.1.1.3. Funciones

Las funciones del Comité Consultivo Nacional de las Personas con Limitación están fijadas en el Artículo 2ş del Decreto 276 de 2000, y son las siguientes:

 

3.1.1.4. Integrantes

Teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto 276 de 2000, los integrantes del Comité Consultivo Nacional de las Personas con Limitación, son:

La coordinación del Comité le corresponde a una Consejería Presidencial designada para tal efecto (Art. 6 Ley 361 de 1997); en la actualidad es la "Consejería Presidencial para la Política Social" ( Art. 1 Decreto Presidencial 276 de 2000, reglamentario del artículo 6 de la ley en mención).

3.1.1.5. Designación y Período de Duración de los Representantes

Según lo previsto en el Decreto 276 de 2000, para la designación de los miembros del Comité Consultivo Nacional, el Ministerio de Salud efectuará la convocatoria en forma pública, donde se fijarán los términos y requisitos de la misma, como el período para el cual se hace la convocatoria, elección, fechas y plazos de inscripción requisitos y procedimientos de escogencia. Armonizando lo anterior, con la coordinación del Plan prevista en el Documento CONPES 3144 de 2001, se hará una previa coordinación entre el Ministerio de Salud y la Red de Solidaridad Social, para que el Ministerio realice dicha convocatoria.

En esta convocatoria y previas indicaciones de las instituciones convocantes, las demás instituciones compromisarias deberán colaborar en la difusión de la misma.

De acuerdo al Decreto 276 de 2000, el período de duración de los representantes al Comité Consultivo Nacional será de dos (2) años.

3.1.1.6. Funcionamiento

El Comité Consultivo Nacional de las Personas con Limitación, funcionará con base en los siguientes criterios, (definidos en los Artículos 1ş y 5ş del Decreto 276 de 2000):

Lugar y día de reunión. El Comité se reunirá en el Ministerio de Salud, ordinariamente cada tres meses y extraordinariamente cuando lo convoque el Ministro de Salud o el Consejero Presidencial para la Política Social.

Agenda. Toda citación se hará por escrito a cada uno de los miembros, con un mes de anticipación para las sesiones ordinarias.

Quórum. El Comité podrá deliberar con la mitad más uno de sus miembros. Podrán adoptarse decisiones, siempre y cuando se cuente con el voto favorable de la mitad más uno de los miembros presentes del Comité

Ausencias. Las ausencias a las reuniones del Comité, deberán justificarse satisfactoriamente. En el caso de los miembros elegidos por convocatoria, la no concurrencia a más de dos reuniones, sin justificación, dará lugar a que el Presidente del Comité informe a la entidad que representa; si persiste su inasistencia se solicitará una nueva lista a efecto que el Ministerio de Salud elija el representante.

Actas. Las actas correspondientes a cada sesión serán elaboradas y firmadas por el Secretario Técnico y enviadas por ella a los miembros del Comité dentro de los siete (7) días hábiles siguientes a la reunión.

Seguimiento. El comité hará control de gestión de sus actividades, analizará los informes presentados por los Grupos de Enlace Sectorial, comunicará al Gobierno Nacional los resultados y los divulgará pública y anualmente.

Invitados permanentes y otros. Serán invitados permanentes: un (1) representante de las Entidades Promotoras de Salud, un (1) representante de las Administradoras de Riesgos Profesionales y uno (1) de las Cajas de Compensación Familiar. Los mismos participaran con voz y sin voto. Además, el Comité podrá invitar a participar en sus sesiones a los representantes de entidades y organizaciones públicas y privadas que estime conveniente para el cumplimiento de sus funciones.

3.1.1.7. Secretario Técnico

3.1.1.7.1. Descripción

Con base en lo definido en la Ley 361 de 1997 y en el Decreto 276 de 2000, la Secretaría Técnica del Comité Consultivo Nacional será ejercida por un funcionario de la planta de personal del Ministerio de Salud, designado por el Comité Consultivo Nacional. Será una instancia de apoyo para el Comité y referente de información tanto para el Comité como para las demás instancias institucionales participantes.

3.1.1.7.2. Objetivo

Prestar el apoyo técnico y logístico requerido para el funcionamiento del Comité Consultivo Nacional de las Personas con Limitación. Igualmente, aportar información derivada del Comité Técnico Nacional a las diferentes instituciones que son compromisarias del Plan y que hacen parte de la estructura operativa del mismo.

3.1.1.7.3. Funciones

Retomando lo establecido en el Artículo 2ş. del Decreto 276 de 2000, son funciones del Secretario Técnico :

3.1.2. Instancia de Gestión y Soporte Técnico

3.1.2.1. Instituciones Compromisarias del Plan

3.1.2.1.1. Descripción

Las instituciones compromisarias del Plan, son el conjunto de instituciones públicas que orientan, asesoran o ejecutan las acciones y de acuerdo a sus competencias, misión institucional, y quehacer asumen compromisos dirigidos a desarrollar actividades y estrategias, y realizar gestiones conducentes al logro de los objetivos propuestos por el Plan.

Pueden hacer parte de las instituciones compromisarias, las entidades privadas y ONGs que se vinculen al desarrollo del Plan, en cualquiera de los ámbitos de planeación o ejecución tanto en el nivel nacional o territorial.

3.1.2.1.2. Objetivo

El objetivo de los actores compromisarios es la institucionalización de los compromisos adquiridos en concordancia con sus competencias, lo cual se concreta en la incorporación dentro de sus planes y presupuestos, de las acciones y recursos requeridos para el cumplimiento de las metas que les corresponden; además de la participación en los procesos de coordinación interinstitucional.

3.1.2.1.3. Funciones

3.1.2.1.4. Integrantes

        1. Coordinación del Plan

3.1.2.2.1. Descripción

La Red de Solidaridad Social será la instancia de coordinación del Plan Nacional de Atención a las Personas con Discapacidad, según lo determinado y recomendado en el Documento CONPES 3144 de diciembre 6 de 2001, y teniendo en cuenta las funciones que en materia social, de asistencia técnica a las entidades territoriales y de coordinación interinstitucional le han sido asignadas y que están contempladas en el Artículo 3 de la Ley 368 de 1997, y en el objeto, objetivos y funciones, previstas en los Artículos 1 al 5 del Decreto 2713 de 1999. En tal sentido, y dada la naturaleza de sus funciones, a nivel de la estructura institucional de la Red de Solidaridad Social, será la Subdirección General Técnica, la encargada de asumir la coordinación del Plan.

3.1.2.2.2. Objetivo

Adelantar la coordinación de la implementación del Plan, gestionando el desarrollo y cumplimiento de las estrategias y acciones conducentes al logro de los objetivos, coordinar la interacción de todas las entidades e instancias involucradas como compromisarias del Plan y realizar la asistencia técnica y seguimiento a fin de que el Plan se ejecute en los diferentes niveles de Gobierno.

3.1.2.2.3. Funciones

3.1.2.3. Comité Técnico Nacional

3.1.2.3.1. Descripción

El Comité será un organismo interinstitucional de carácter técnico. El cual será una instancia funcional de consolidación de los aportes en planificación y coordinación realizados por los Grupos de Enlace Sectorial, y tendrá a la vez la característica de servir de enlace entre estos Grupos, la Coordinación del Plan y el Comité Consultivo Nacional y dará soporte técnico al Secretario Técnico.

3.1.2.3.2. Objetivo

Acopiar los desarrollos técnicos de los Grupos de Enlace Sectorial y apoyar técnicamente a la Coordinación del Plan en relación con aspectos de planificación sectorial e intersectorial así como al Comité Consultivo Nacional, cuando este último lo requiera, y ser el soporte técnico permanente del Secretario Técnico.

3.1.2.3.3. Funciones

3.1.2.3.4. Funcionamiento

3.1.2.4. Grupos de Enlace Sectorial

3.1.2.4.1. Descripción

Los Grupos de Enlace Sectorial, serán organismos interinstitucionales de carácter técnico, cumplirán un papel de instancia de planificación en el nivel nacional y de soporte técnico territorial, mediante acciones de asesoría, asistencia técnica y formación del recurso humano. Dado su carácter intersectorial, generarán visiones y misiones de carácter suprasectorial. Según lo determinado en el Art.4 del Decreto 276 de 2000, los Grupos de Enlace Sectorial se conforman "...para el desarrollo de actividades de promoción y difusión de los derechos de las personas con discapacidad; la prevención, habilitación, rehabilitación, educación, integración familiar, social, laboral y demás aspectos que resulten necesarios para el cumplimiento de la política de discapacidad".

3.1.2.4.2. Objetivo

El objetivo de esta instancia es brindar soporte técnico a la instancia de coordinación del Plan, al Comité Consultivo Nacional, y al interior de las mismas instituciones que lo integran para el diseño de lineamientos, definición de mecanismos e instrumentos para orientar el desarrollo del Plan, ejecución de las acciones según competencia y para su respectivo seguimiento y evaluación.

3.1.2.4.3. Funciones

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 276 de 2000, los Grupos de Enlace Sectorial cumplirán las siguientes funciones:

3.1.2.4.4. Integrantes

Serán integrantes de los Grupos de Enlace Sectorial, los funcionarios designados a nivel institucional, de las siguientes entidades:

          1. Funcionamiento

Conformación. De acuerdo con los componentes del Plan, se conformarán cinco (5) Grupos de Enlace Sectorial así: Construcción de Entornos Protectores y Prevención de la Discapacidad; Habilitación y Rehabilitación Integral para el Desarrollo de las Personas con Discapacidad con Participación Familiar y Social; Accesibilidad al Espacio Público y al Transporte y Acceso a la información y Comunicación; Atención Educativa; e Integración Laboral. Cada Grupo nombrará un coordinador que será el representante ante el Comité Técnico Nacional.

Reuniones. Los Grupos de Enlace Sectorial se reunirán ordinariamente cada tres meses.

Agenda. De acuerdo a las prioridades que se establezcan para cada Grupo se irá determinando una agenda, la cual será concertada en la respectiva reunión.

Quórum. El Grupo podrá deliberar con la mitad más uno de sus miembros.

Actas. Las actas correspondientes a cada sesión serán elaboradas por uno de los asistentes institucionales y firmadas por todos los asistentes. La responsabilidad del acta será rotativa. El encargado del acta la enviará, a los diferentes miembros del Grupo dentro de los siete (7) días hábiles siguientes a la reunión. Dichas actas serán el insumo básico para los informes que se presenten al Comité Técnico Nacional y demás instancias que los requieran.

3.2. Nivel Territorial

      1. Instituciones Compromisarias del Plan

3.2.1.1. Descripción

Los compromisarios del Plan a nivel territorial, son el conjunto de instituciones públicas, privadas y ONGs de y para la discapacidad, de los niveles departamentales o municipales, que orientan, asesoran o ejecutan acciones del Plan y que de acuerdo a sus competencias, misión y quehacer institucional, asumen compromisos dirigidos a desarrollar la gestión, estrategias y actividades, dirigidas al logro de los propósitos establecidos.

3.2.1.2. Objetivo

En el contexto territorial, el objetivo de las instituciones compromisarias es la institucionalización de los compromisos y responsabilidades dentro del Plan, en concordancia con sus competencias, lo cual se concreta en la incorporación de sus planes y presupuestos, de las acciones y recursos requeridos para el cumplimiento de las metas que les corresponden. Además, el objetivo incluye la participación en los procesos de coordinación interinstitucional.

3.2.1.3. Funciones

3.2.1.4. Integrantes

      1. Coordinación del Plan

3.2.2.1. Descripción

La Unidad Territorial de la Red de Solidaridad Social será la instancia de coordinación del Plan Nacional de Atención a la Discapacidad a nivel departamental, según lo determinado y recomendado en el Documento CONPES 3144 de diciembre 6 de 2001 y con base en las funciones de esta institución, contempladas en el Artículo 3 de la Ley 368 de 1997, y en el objeto, objetivos y funciones previstas en los Artículos 1 al 5 del Decreto 2713 de 1999.

3.2.2.2. Objetivo

Adelantar la coordinación de la implementación de las estrategias y acciones conducentes al logro de los objetivos del Plan en el departamento; coordinar la interacción de todas las entidades e instancias involucradas en su implementación y realizar la asistencia técnica y seguimiento a fin de que éste se ejecute en el departamento y en los municipios de la jurisdicción.

3.2.2.3. Funciones

3.2.3. Otras Instancias de Soporte Técnico

En armonía con las políticas de descentralización, las entidades territoriales incorporarán los lineamientos generales del Plan Nacional de Atención a la Discapacidad en su Plan Territorial de Desarrollo. De acuerdo con sus condiciones de funcionalidad y operatividad, deberán crear sus propias instancias de definición de política y de gestión y soporte técnico. En el caso de estas últimas, y en concordancia con lo señalado en el Decreto 276 de 2000, pueden tener sus respectivos Grupos de Enlace Sectorial, o diseñar los mecanismos que más se adecuen a sus necesidades y realidad, los cuales pueden ser Redes Territoriales, Comités de Soporte y Articulación Técnica, con representación en los Consejos de Planeación Territorial y Consejos de Política Social (Decreto 1137 de 1999, artículo 11), el cual desarrolla con enfoque poblacional la articulación y ejecución de la política social del respectivo ente territorial.

Lo fundamental es que sean organismos interinstitucionales de carácter técnico, que cumplan un papel de instancia de planificación en el nivel departamental, distrital o municipal, presten asesoría técnica y generen visiones y misiones de carácter suprasectorial y garanticen la articulación de las políticas poblacionales a las sectoriales.

Entre sus funciones están:

Estos organismos serán coordinados por una instancia definida por el mandatario seccional, teniendo en cuenta lo estipulado en el Decreto 276 de 2000, que en el Parágrafo del Artículo 4ş. Plantea: "Los Grupos de Enlace Sectorial, que se conformen en el ámbito territorial, serán coordinados por las instancias de gobierno departamental o municipal que tengan a su cargo la planeación y ejecución de la política social".

A nivel territorial también deben tenerse en cuenta como criterios orientadores para el desarrollo de estas funciones, la adecuación de las metas nacionales, la articulación y armonización de los planes y programas, la generación de procesos de coordinación intersectorial e interinstitucional y la participación de las organizaciones que trabajan por o representan a la población con discapacidad.

4. Fuentes de Financiación

Las fuentes de financiación para las actividades que son competencia del nivel nacional, pueden provenir principalmente del Presupuesto General de la Nación y de Cooperación Internacional. Así, los Ministerios e Institutos que han venido ejecutando recursos en acciones y actividades enmarcadas en los componentes del Plan, deben ajustar éstos de acuerdo a las diferentes metas y actividades del Plan y a las que definan como parte de sus planes operativos anuales. Esto contribuirá a ordenar las acciones a desarrollar, según costos y tiempos, e igualmente ayudará a la respectiva evaluación.

En el caso particular de la Red de Solidaridad Social, al asumir la Coordinación del Plan, tendrá que definir nuevas actividades, tales como asistencia técnica, capacitación, producción de contenidos técnicos y elementos metodológicos, publicaciones y publicidad, etc., que exigen la disposición de nuevos recursos. Es recomendable la asignación de recursos para la coordinación. La RSS debe definir costos y con la argumentación de estas nuevas responsabilidades, proceder a hacer la gestión correspondiente ante el Departamento Nacional de Planeación y las demás instancias pertinentes.

Para el nivel territorial, los costos de las actividades deben identificarse a partir de diferentes fuentes de financiación, entre las cuales están, transferencias de la nación del Sistema Nacional de Participaciones, de asignaciones del FOSYGA para ampliación de coberturas, recursos PAB, rentas provenientes de las loterías, regalías y recursos propios.

El siguiente cuadro señala los diferentes sectores, de los cuales se pueden beneficiar las personas con discapacidad y las fuentes de financiación.

 

Componente

Sector

Plan, Proyecto o actividad

Fuente de financiación

Responsable

Promoción y Prevención

Salud

PAB: Intervenciones y procedimientos de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, vigilancia en salud pública y Control de factores de riesgo.

Recursos PAB asignados por la Nación- Recursos propios.

Municipio y distritos en corresponsabilidad con los departamentos y Nación.

Actividades,

procedimientos e intervenciones de demanda inducida.

UPC, afiliados al SGSSS

EPS y ARS

Actividades de promoción y prevención.

UPC afiliados al Rég. Contributivo SGSSS e indígenas Rég. Subsidiado-Sistema General de Participaciones (SGP).

EPS- ARS indígenas

Departamentos, Distritos, municipios.

Educación

PEI con componentes de prevención frente a factores de riesgo.

SGP.

Municipio, institución educativa.

Bienestar Familiar

Programas contra la violencia intrafamiliar.

Presupuesto General de la Nación –PGN- (ICBF), SGP, Recursos propios.

ICBF, entidades territoriales.

Atención al menor de 7 años.

PGN (ICBF), SGP, Recursos propios.

ICBF, entidades territoriales.

Derechos Humanos

Programas de respeto a los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario.

PGN, SGP, Recursos propios.

Nación, entidades territoriales

Habilitación y Rehabilitación

Salud

Afiliación al Régimen Subsidiado del SGSSS.

FOSYGA, SGP, Recursos propios.

Nación, Entidades Territoriales.

Actividades de atención POS.

UPC afiliados Régimen Subsidi. y Contributivo.

EPS, ARS.

Actividades de atención Vinculados.

SGP, Recursos propios.

Entidades territoriales.

Atención niños y niñas en instituciones de rehabilitación

SGP, Recursos propios.

Entidades territoriales

Educación

Atención de niños y niñas en instituciones educativas regulares y especializadas

PGN, SGP y Recursos propios.

Entidades territoriales, Instituciones educativas.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Componente

Sector

Plan, Proyecto o actividad

Fuente de financiación

Responsable

Equiparación de Oportunidades

Integración Educativa

 

 

 

 

 

 

Integración Laboral

 

 

 

 

 

Accesibilidad

Físico, las Edificaciones , Vivienda, Transporte.

 

 

 

Acceso a la Información, Comunicación y cultura

 

 

 

 

 

 

Apoyo económico a las personas con discapacidad en su acceso al sistema educativo.

PGA (MEN-ICETEX), SGP, Recursos propios.

Nación, Entidades territoriales.

Dotación de ayudas pedagógicas.

SGP, Recursos propios.

Entidades territoriales, Institución educativa.

PEI con criterios para la adecuada atención educativa de los niños discapacitados.

SGP, Recursos propios.

Entidades territoriales, Institución educativa.

Ampliación de coberturas en instituciones educativas regulares y especializadas.

SGP, Recursos propios.

Entidades territoriales, Institución educativa.

Ministerio de Trabajo

Capacitación laboral a Personas con discapacidad.

PGN (SENA), SGP, Recursos propios.

SENA, Entidades Territoriales.

Información para el empleo.

PGN (SENA), SGP, Recursos propios.

SENA, Entidades Territoriales

Afiliación de personas con discapacidad al Sistema General de Pensiones.

Fondo de Solidaridad Pensional.

Fondo de Solidaridad Pensional, Entidades territoriales.

Ministerio de Cultura, Coldeportes

Construcción y adecuación de centros culturales y deportivos.

SGP, Recursos propios.

Entidades territoriales

Ministerios de Transporte, de Desarrollo y del Medio Ambiente

Equipamiento y adecuación de la infraestructura respectiva.

PGN, SGP, Recursos propios.

Nación, PGN, SGP, Recursos propios, entidades territoriales.

Ministerios de Cultura y Comunicaciones

Equipamiento y adecuación de infraestructura de información, comunicación y cultura.

PGN, SGP, Recursos Fondo de Comunicaciones, Recursos propios, Recursos privados.

PGN, SGP, Recursos propios, Recursos Fondo de Cultura y recursos privados.

5. Mecanismos de Monitoreo y Evaluación

5.1. Orientación para la Obtención de Información del Monitoreo

A través de los elementos que se presentan en este aparte, se dan indicaciones para obtener información sobre el avance de las actividades planteadas en cumplimiento de los propósitos y metas específicas del Plan. Esto con el fin de observar el proceso de aplicación de cada una de las actividades y medir el grado de ejecución de las mismas.

También, el monitoreo permitirá determinar las dificultades que se estén presentando en el proceso de ejecución, y con base en dicho monitoreo se podrán hacer los ajustes en los procesos previstos en el Plan.

Para lo anterior, se requiere que bajo la responsabilidad y coordinación de la Red de Solidaridad Social como instancia coordinadora del Plan, con el apoyo de los Grupos de Enlace Sectorial, y en interacción con el Comité Consultivo Nacional dadas las funciones al respecto que tiene este organismo asesor, revisen con alguna periodicidad la información de monitoreo con el fin de identificar y precisar avances, dificultades y ajustes que sean necesarios. Para realizarse el monitoreo, cada entidad del orden nacional debe aplicar el instrumento en lo que es de su competencia y la Red de Solidaridad Social debe consolidar dicha información.

Los principales criterios que se tienen en cuenta para la labor de monitoreo son: a) deben incluirse los tres componentes del Plan y como indicador de monitoreo las acciones fundamentales que se deben desarrollar en cada uno de los componentes, los temas involucrados en la respectiva actividad, el tipo de medida utilizado, y la fecha en que se ejecuto la respectiva actividad. b) se debe hacer el monitoreo a las actividades que están bajo responsabilidad tanto del nivel nacional como territorial, tomando en este último caso como punto focal a los departamentos y distritos. c) además de hacer monitoreo sobre los aspectos cuantitativos en relación con el cumplimiento de actividades, es importante señalar observaciones sobre el desarrollo de procesos; d) adicional a los avances se deben tener en cuenta como otras observaciones, las dificultades que se han presentado para la realización de las actividades.

A continuación, se presenta el formato básico para ser aplicado en el proceso de monitoreo:

RED DE SOLIDARIDAD SOCIAL

PLAN NACIONAL DE ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

FORMATO PARA EL MONITOREO DE LA APLICACIÓN DEL PLAN

NIVEL NACIONAL

Diligenciado por:

Entidad:

Fecha:

PREVENCIÓN

Indicador de monitoreo

Tema

Medida

Fecha

Comentario

         
         
         
         

HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN

Indicador de monitoreo

Tema

Medida

Fecha

Comentario

         
         
         
         

EQUIPARACIÓN DE OPORTUNIDADES

Indicador de monitoreo

Tema

Medida

Fecha

Comentario

         
         
         
         
         
         

 

5.2. Guías e Indicadores de Evaluación

La evaluación es el proceso de análisis de la información obtenida a través del monitoreo, desde el punto de vista de la relevancia de los resultados en términos de logros cuantitativos y cualitativos según los objetivos trazados para cada uno de los componentes del Plan.

En la evaluación, se debe obtener información que permita medir el cumplimiento de metas, para lo cual el monitoreo que se ha llevado a cabo periódicamente se convierte en insumo fundamental; verificado el grado de cumplimiento de las metas se analiza el avance respecto a los objetivos del Plan según componentes y con estos a su vez se determina el avance global con respecto al objetivo general trazado por el Plan. Adicionalmente, es necesario acopiar información que indique los logros o resultados que se ha tenido sobre la población beneficiaria. Así, se hace una combinación de la visión relacionada con el alcance de las metas, con los impactos de las actividades desarrolladas y las características de los procesos.

A continuación se presentan los formatos básicos para la evaluación:

RED DE SOLIDARIDAD SOCIAL

PLAN NACIONAL DE ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

FORMATO PARA EVALUACION POR META DEL PLAN

NIVEL NACIONAL

Diligenciado por:

Entidad:

Fecha:

I. PREVENCIÓN

Meta prevista

Actividad prevista

Actividad

Desarrollada

Grado de Logro

Recursos previstos

Recursos ejecutados

Observación sobre alcance de metas

Observación sobre proceso

               
               
               
               
               
               
               
               

II. HABILITACION Y REHABILITACION

Meta prevista

Actividad

Actividad

Desarrollada

Grado de Logro

Recursos previstos

Recursos ejecutados

Observación sobre alcance de metas

Observación sobre proceso

               
               
               
               
               
               
               
               

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

III. EQUIPARACIÓN DE OPORTUNIDADES

Meta prevista

Actividad

Actividad

Desarrollada

Grado de Logro

Recursos previstos

Recursos ejecutados

Observación sobre alcance de metas

Observación sobre proceso

A. Educación

               
               
               
               
               

B. Integración Laboral

               
               
               
               

C. Accesibilidad al Espacio Físico y al Transporte

               
               
               
               
               

D Acceso a la Información, Comunicación y Cultura

               
               
               

 

 

 

 

Nota: A través de los Grupos de Enlace Sectorial, cada entidad debe fijar su propio Plan Operativo, señalando las actividades a desarrollar en el año (en términos cuantitativos y los recursos previstos). Igualmente, este ejercicio se debe reproducir e el nivel territorial.

 

RED DE SOLIDARIDAD SOCIAL

PLAN NACIONAL DE ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

FORMATO PARA ENCUESTA DE EVALUACION DE RESULTADO DE ACTIVIDADES DEL PLAN

1. Información preliminar

Diligenciado por:____________________________________________________

Entidad:___________________________________________________________

Fecha:_____________________________________________________________

  1. Generalidades
  2. Componente:________________________________________________________

    Meta:______________________________________________________________

    ___________________________________________________________________

    Actividad:___________________________________________________________

    Beneficiario(s):_______________________________________________________

    Cobertura:___________________________________________________________

  • Consideraciones del Beneficiario
  • La actividad ha cumplido con su objetivo:__________________________________

    ____________________________________________________________________

    La actividad ha contribuido al logro de la meta:______________________________

    ____________________________________________________________________

    Calidad y Oportunidad de la actividad:_____________________________________

    ____________________________________________________________________

    Otras Observaciones y/orecomendaciones:__________________________________

    ____________________________________________________________________

    ____________________________________________________________________

    ____________________________________________________________________

    ____________________________________________________________________

     

    Nota: Estas encuestas se deben ir desarrollando paralelamente a la ejecución de las actividades.

    GLOSARIO

    Se relacionan las siglas que se encuentran a lo largo del texto.

    BIBLIOGRAFÍA

    Comité Nacional para la Protección del Menor Deficiente: "Criterios Conceptuales para la Prestación de Servicios de Atención Integral a Niños, Niñas y Jóvenes con Discapacidad". Ministerio de Salud – Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF-. Bogotá D.C. Octubre de 1988.

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    -----Plan Nacional de Atención a las Personas con Discapacidad: 19991998-2002". Presidencia de la República. Bogotá D.C. 1999.

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    Secretaría Distrital de Salud de Bogotá D.C.: "Lineamientos de Atención en Salud para las Personas con Discapacidad en Bogotá, D.C.". Dirección de Salud Pública. Bogotá D.C. 2001 a.

    -----:"Plan Distrital de Discapacidad: 2001-2005". Dirección de Salud Pública. Bogotá D.C. 2001 b.

    Universidad del Valle –Escuela de Rehabilitación Humana-: "Prevalencia de Discapacidad en el Departamento del Valle del Cauca". Cali. 2001 a.

    -----: "Sistema de Información en Discapacidad: Informe Final". Cali. 2001 b.

    Vásquez Javier: "Promoción y Protección de los Derechos Humanos de las personas con Discapacidades Mentales y sus Familiares". Programa Regional de Salud Mental, OPS/OMS. Diciembre 2001.

     

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    -----: "Ley 100 de 1993: La Seguridad Social en Colombia". Ministerios de Salud y de Trabajo.

    -----: "Ley 105 de 1993: Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte..."

    -----: "Ley 115 de 1993: Ley General de Educación".Ministerio de Educación Nacional.

    -----: "Ley 152 de 1994: Por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo".

    -----: Ley 324 de 1966: Por la cual se crean algunas normas a favor de la población Sorda".

    -----: "Ley 335 de 1996: Por la cual se modifica parcialmente la Ley 14 de 1991 y la Ley 182 de 1995, se crea la televisión privada en Colombia...".

    -----: "Ley 361 de 1997: Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación y se dictan otras disposiciones".

    -----: Ley 368 de 1997: Por la cual se crea la Red de Solidaridad Social,..., y se dictan otras disposiciones.

    -----: "Ley 397 de 1997: Por la cual se desarrollan los artículos 70.71 y 72...y se dictan normas sobre el patrimonio cultural, fomentos y estímulos de la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura..."

    -----: "Ley 643 de 2001: Por la cual se fija el régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar"

    -----: "Ley 715 de 2001: Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias...".

    -----: "Ley 181 de 1995: Por la cual se dictan disposiciones para el Fomento del Deporte, la Recreación, el Aprovechamiento del Tiempo Libre y la Educación Física...".

    -----: "Decreto 2737 de 1989: Por el cual se adopta el Código del Menor".

    -----: "Decreto 2713 de 1999: Por el cual se modifica la estructura de la Red de Solidaridad Social y se definen las funciones de sus dependencias".

    -----: "Decreto 276 de 2000: Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 1997".

    Documentos Institucionales

    Autores Varios: "Habilitación/Rehabilitación e Integración Social, Familiar y Ocupacional: Lineamientos de Política". Documento preliminar. Coordinación: María Inés Bohórquez L. (Ministerio de Salud). Bogotá D.C., agosto de 2001.

    Presidencia de la República, Consejería Presidencial para la Política Social: "Proyecto de Cooperación Técnica Internacional: Institucionalización de la Política Nacional para las Personas con Discapacidad: Una Estrategia de Desarrollo Social Sostenible". Febrero de 2001.

    -----, Área de Discapacidad: "Estrategia de Institucionalización". Junio de 2001.

    -----: "Orientaciones para la Construcción de una Política Pública para la Discapacidad: Derechos, Deberes y Oportunidades". Junio de 2001.

    -----: "Plan Nacional de Atención a las Personas con Discapacidad 19991998-2002". Documento presentado en Lisboa en la VI Conferencia Intergubernamental Iberoamericana "hacía la Inclusión Social en el Nuevo Milenio"